El impago en vía ejecutiva puede ocasionar embargos de cuentas y además puede provocar el vuelque del resto de cuotas. Los plazos que queden se cancelarán y nos reclamarán el importe total, tomando medidas para cobrarlo.
¿Qué pasa si no puedo pagar el segundo plazo de Hacienda?
Recargos, intereses de demora y sanción si sale a pagar – Los recargos (porcentaje en que se incrementa la deuda) se establecen en función del tiempo que transcurre entre la fecha límite fijada por la Agencia Tributaria y la fecha en que se presenta posteriormente.
Puede ir desde el 5% si se presenta con tres meses de atraso, y puede llegar a un 20% más intereses si se presenta un año después. Además de recargos e intereses de demora, también habrá que pagar una multa económica en función de la base de sanción y del tipo de infracción, de leve a muy grave, En este primer tipo de infracción la multa puede ser de un 50% de la deuda, aunque en el peor de los casos llegaría a un 150% de la deuda.
: Segundo pago de la Renta: fecha limite, cuándo se acaba el plazo y qué sanciones y recargos hay
¿Cuánto tiempo se puede aplazar una deuda con Hacienda?
El doble de plazo máximo en solicitudes automatizadas – La nueva instrucción de aplazamientos amplía sensiblemente los plazos máximos de pago para las solicitudes de tramitación automatizada, las que están exentas de aportar garantías. Para personas físicas los plazos máximos se elevan de 12 a 24 meses, y para personas jurídicas pasan de 6 a 12 meses.
A su vez, al ampliarse el perímetro de aplicación del sistema automatizado con exención de garantías de 30.000 a 50.000 euros, serán muchos más los casos en que el contribuyente se podrá beneficiar de una concesión casi instantánea de su aplazamiento, minimizándose así los costes indirectos de tramitación para el ciudadano.
Tras la solicitud a través de la ‘app’ o la, se resuelve el expediente en cuestión de segundos. Si el solicitante se ha suscrito al sistema de avisos de la Agencia, se le remite un aviso inmediato con la resolución de la solicitud vía notificación ‘push’ en la propia ‘app’, por correo electrónico a la dirección que facilite o por SMS al número de teléfono móvil que proporcione.
¿Dónde pagar Hacienda fuera de plazo?
El pago de un impuesto presentado fuera de plazo se tiene que realizar como si nada hubiera pasado, es decir, en las propias oficinas de la AEAT o en el banco.
¿Cómo llegar a un acuerdo de pago con Hacienda?
Solicitar un aplazamiento o fraccionamiento de la deuda Presentar la solicitud: Puedes hacerlo de forma telemática, a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria, o de forma presencial, acudiendo a una oficina de Hacienda.
¿Cómo se puede fraccionar el pago a Hacienda?
Cómo fraccionar el pago paso a paso – Cualquier contribuyente puede acceder al pago fraccionado, siempre que lo indique en el borrador. Para poder solicitarlo, debes indicar esta opción en el modelo 100 a la hora de presentarla. Seleccionaremos la opción de pago fraccionado, y de forma automática, se calcula el importe a pagar para los dos plazos.
Por pago domiciliado: tendrás que indicar el IBAN de la cuenta en la que se harán estos cargos. Pago electrónico: puedes elegir si, usar un pago con cargo en cuenta, pago con tarjeta de crédito, o adquirir el NRC, que es el número de referencia completo, del justificante de pago para así incluirlo en la declaración. Documento para ingresar en banco: una vez presentada la declaración, en esta opción queda, pendiente de ingreso, por lo que se genera una carta de pago cuyo importe deberá abonarse antes del 30 de junio.
En el caso de no haber domiciliado el segundo pago, se podrá pagar a través del modelo 102 presentándolo en cualquier entidad bancaria colaboradora con la Agencia Tributaria, bancos, cajas de ahorro y cooperativas de crédito, o por vía electrónica (con DNI electrónico, certificado digital o Cl@ve PIN ).
Y, en el caso de querer fraccionar en más plazos el pago, hay que solicitarlo de la misma forma que un aplazamiento. Para ello habrá que, presentar una solicitud escrita explicando los motivos que te llevan a aplazar el pago. En dicho escrito debes proponer el nuevo plazo y adjuntar justificantes que demuestren tu imposibilidad de realizar el pago.
Hacienda tendrá que aceptar dicha solicitud, y con ello, no pondrá en marcha el llamado periodo ejecutivo, en el que se cobrará de forma forzosa la deuda a pagar. Si se hace de este modo, la Agencia Tributaria podrá aplicar un interés fijo del 3,75%,
¿Cómo aplazar el pago de Hacienda?
Hay que solicitar el aplazamiento a través de Renta Web al presentar la declaración de la renta. En primer lugar hay que marcar la casilla ‘No fraccionado’, seleccionar la opción ‘Otras modalidades de pago’ y después pulsar en ‘Reconocimiento de deuda’, con solicitud de aplazamiento.
¿Qué pasa si presentas un impuesto fuera de plazo?
1.2 Presentación de declaración negativa, a cero o informativa fuera de plazo – Dejar de presentar en plazo oficial una declaración meramente informativa o autoliquidación con resultado negativo o a cero no conlleva perjuicio económico para Hacienda, pero se trata de una infracción tributaria que acarrea una sanción cuya cuantía depende de si ha habido requerimiento o no conforme al artículo 198 de la Ley General Tributaria.
Sin requerimiento de Hacienda
Si la presentación fuera de plazo se realiza antes de que Hacienda haya realizado requerimiento, la sanción será de 100 euros en las declaraciones negativas y a cero, y 10 euros por cada dato o conjunto de datos de la declaración informativa con límites establecidos entre 150 y 10.000 euros, Es decir, que aunque hayas dejado incluir un dato Hacienda podría sancionarte con 150 euros.
Con requerimiento de Hacienda
Llegado el caso de que Hacienda realice el requerimiento para la presentación de una declaración fuera de plazo con resultado negativo, a cero o informativo, Hacienda impondrá una sanción cuya cuantía duplica las del supuesto anterior; es decir, 200 euros en las declaraciones negativas o a cero y 20 euros por cada dato o conjunto de datos de la declaración informativa con límites establecidos entre 300 y 20.000 euros,
¿Cuánto es la multa por no declarar renta?
En cuanto a la sanción por no declarar renta, es del 20% de los ingresos, consignaciones bancarias o los ingresos brutos de la última declaración de renta.
¿Cuál es la sanción por no presentar la declaración de renta a tiempo?
Sanción por declarar renta fuera de la fecha límite – Comúnmente conocida como sanción por extemporaneidad o por declarar tarde. Esta sanción equivale al 5% de tu impuesto a cargo y aumenta con cada mes o fracción de mes que pase entre la fecha límite de pago y la fecha en la cual se presente la declaración de renta De acuerdo al Artículo 641 del Estatuto Tributario, la sanción mínima para el 2022 es de $380.000.
- Es decir que solo por declarar un día tarde, ya tendrías que asumir una sanción de al menos $380.000.
- Sí o sí tendrías que pagar este valor incluso si tu declaración de renta arroja un valor a pagar de cero.
- Claro está que la DIAN no te esperará toda la vida para que presentes la declaración.
- Te notificarán con un mensaje de advertencia en el que te indican que cuentas con un mes máximo para realizar el pago.
Si incumples nuevamente, este plazo se le anexará un 10%.
¿Qué cantidad se puede aplazar en Hacienda sin aval?
El límite para aplazamientos de deudas tributarias sin aval se eleva hasta los 30.000 euros – Boletín Nº8 La Agencia Tributaria dará un alivio fiscal a numerosas pymes y autónomos y les permitirá aplazar más deudas tributarias sin necesidad de aval. Hacienda ha publicado con fecha 20-10-2015 la Orden HAP 2178/2015 que recoge que los contribuyentes que lo soliciten puedan aplazar o fraccionar el pago de deudas tributarias de hasta 30.000 euros sin necesidad de garantía alguna.
- El umbral que hasta este momento era de 18.000 euros, se aumenta considerablemente.
- Esta medida supondrá un soplo de liquidez para pymes y autónomos, que son los que principalmente solicitan el aplazamiento del pago de impuestos como el IVA o Sociedades, además de una simplificación y un ahorro financiero al no tener que solicitar un aval bancario como antes para aplazamientos superiores a los 18,000 euros.
Las personas físicas, empresarios o particulares, también podrán beneficiarse de esta exención. La asfixia financiera que han sufrido numerosas empresas españolas durante la crisis disparó las peticiones de aplazamientos de deudas tributarias. Entre 2007 y 2013 se cuadriplicaron las peticiones de aplazamientos, de poco más de medio millón a más de 2 millones.
El anterior límite de 18.000 euros se puso en marcha a partir del año 2009, cuando dicho umbral sólo alcanzaba los 6.000 euros. Eso permitió a gran cantidad de empresas, financiar sus liquidaciones tributarias con la propia administración antes que buscarla vía entidades bancarias, las cuales habían cerrado el grifo del crédito de una manera realmente brusca.
Entre los años 2011 y 2014, el importe de las solicitudes de aplazamiento concedidas entre 18.000 y 30.000 euros, es decir mediante la aportación de un aval bancario u otro tipo de garantía, ascendió a más de 2.500 millones de euros. Anualmente se reciben unos 25.000 aplazamientos de esta cuantía.
En el período 2011-2014 se han concedido aplazamientos por un importe de más de 30.800 millones de euros, correspondiendo casi un 70% a pequeñas empresas y trabajadores por cuenta propia. El 30% restante se reparte entre empresas con deudas mayores o ciudadanos que solicitan aplazar sus cuotas del Impuesto sobre la Renta.
Si antes de la crisis el importe de los aplazamientos solicitados ascendía a 4.975 millones de euros, en 2012 llegó a un pico de 17.595 millones, casi cuatro veces más. Entre 2011 y 2014 las demoras pedidas ascendieron a 61.378 millones, el doble de lo que finalmente Hacienda concedió.
En 2014, el 97% de las solicitudes de aplazamientos eran hasta 18.000 euros: el importe de estas peticiones alcanzó el 39% del total demorado. No obstante, esta medida como ya viene ocurriendo desde el año 2014, no se aplicará a las solicitudes de aplazamiento de retenciones del IRPF de trabajadores por parte de las empresas donde prestan sus servicios, después de un período transitorio durante los años más virulentos de la crisis, en los que sí se contempló esta posibilidad.
El interés de demora para los aplazamientos que se soliciten a partir del 1-1-2016 será del 3,75%, el más bajo desde que en 1973 el Banco de España fijara tipos para dicha eventualidad. Si la solicitud se presenta con aval, el tipo será del 3%. Esta cuantía de 30.000 euros, también es aplicable a los aplazamientos que se presenten ante la Tesorería General de la Seguridad Social.
El alivio para las empresas que pidan aplazamientos de deudas entre 18.000 y 30.000 euros será tanto económico (intereses más bajos) como burocrático (tramitación simplificada sin avales). En aquellos casos superiores a 30.000 euros, las empresas deben entregar para conseguir un aplazamiento o fraccionamiento de la deuda tributaria bien un aval bancario (por el importe de la deuda más sus correspondientes intereses de demora), bien otro tipo de garantías hipotecarias: seguros de caución, facturas de los clientes o los inmuebles de la propia empresa o de sus propios socios.
Esperemos que de esta forma, sea mucho mayor el número de empresas que pueda gestionar adecuadamente sus aplazamientos tributarios y ver algo más de luz en ese largo túnel de la crisis del que empezamos, parece, a salir. Al fin y al cabo, Hacienda somos todos.
¿Cómo puedo saber si tengo un embargo de Hacienda?
Cómo saber si tengo deudas con Hacienda: dos opciones – Para saber si tienes alguna deuda con Hacienda puedes hacer dos cosas:
Acudir presencialmente a la sede de la Agencia Tributaria que te corresponda y realizar la consulta. En este caso, tendrás que solicitar cita previa y, probablemente, esperar a que se realice el trámite el día que acudas a las oficinas de Hacienda. Consultar deudas con Hacienda por internet. Para ello entra en la web de la Agencia Tributaria en este enlace, dale clic al apartado «Consulta de deudas», introduce tu DNI o NIE o accede con un certificado o DNI electrónico. Cuando hayas confirmado estos datos para acreditar tu identidad, entrarás en una ventana en la que figurará una relación de tus deudas, si las hay.
La información que te proporcionará Hacienda consistirá en un listado con el detalle del objeto tributario (el concepto de la deuda, por ejemplo, impago del IVA o del IBI ), el importe total de la deuda, el importe pendiente de pago, el periodo y la situación de la deuda en ese momento.
¿Cuánto son los intereses de Hacienda?
Cómo calcular los intereses de demora – El interés de demora corresponde al interés legal del dinero, establecido actualmente del 3,75%, incrementado en un 25%. Como hemos indicado con anterioridad este interés de demora del 3,75% se imputa, por regla general, sobre el importe no ingresado en el plazo.
¿Cómo aplazar el segundo pago de Hacienda?
Hay que solicitar el aplazamiento a través de Renta Web al presentar la declaración de la renta. En primer lugar hay que marcar la casilla ‘No fraccionado’, seleccionar la opción ‘Otras modalidades de pago’ y después pulsar en ‘Reconocimiento de deuda’, con solicitud de aplazamiento.