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De Que Manera El Pago De Impuestos Contribuye Al Desarrollo Economico Del Pais?

De Que Manera El Pago De Impuestos Contribuye Al Desarrollo Economico Del Pais

Países en el foco del FMI

14 de diciembre de 2021 Los coeficientes de deuda pública en América Latina y el Caribe (ALC) aumentaron aproximadamente 10 puntos porcentuales del PIB en 2020. Como los costos de servicio de la deuda están subiendo, los países de la región se están viendo presionados para recortar el gasto público y/o elevar los impuestos, a pesar de las necesidades generalizadas de respuesta a la pandemia.

  1. Nuestro reciente informe Perspectivas económicas: Las Américas muestra que las reformas tributarias bien concebidas pueden apoyar el crecimiento y a la vez ayudar a los países a preservar la sostenibilidad fiscal.
  2. Y algo que cabe destacar es que estas reformas pueden ayudar a reducir la desigualdad del ingreso—un objetivo importante en una de las regiones más desiguales del mundo.

Estructuras tributarias en América Latina La mayoría de los países de ALC presentan una importante brecha entre la recaudación efectiva y la potencial, algo que puede atribuirse solo en parte al grado de desarrollo de la región. Los países de ALC recaudaron 13 puntos porcentuales del PIB menos en ingresos tributarios que el país medio de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), y la brecha persiste aun después de tener en cuenta los niveles de PIB per cápita, lo cual corrige en parte las diferencias en cuanto a informalidad, diseño de los impuestos y capacidad de cumplimiento.

Como varios países de ALC son, o probablemente serán, miembros de la OCDE, los promedios de los países de dicha organización constituyen un marco de referencia natural. También se observan diferencias importantes en cuanto a la forma en que los países de ALC aplican impuestos. La principal fuente de ingresos tributarios en ALC es el impuesto al valor agregado (IVA).

La recaudación de este impuesto se condice en términos generales con el nivel de desarrollo de la región y es semejante a la de los países de la OCED (excepto en el caso de México ), pero podría ser mejor aún. De nuestro análisis sobre el impacto de los impuestos en el crecimiento a largo plazo se desprende que el IVA es un impuesto favorable para el crecimiento. Sin embargo, la proporción de los ingresos proveniente del impuesto sobre la renta de las personas jurídicas (IRPJ) en la región es mayor que en los países de la OCDE, y está por encima de lo que podría esperarse a partir de los niveles de ingreso. Depender en gran medida de los impuestos que pagan las sociedades incide negativamente en el crecimiento porque desincentiva la inversión. En cambio, la proporción de los ingresos proveniente del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) es baja (aunque México y Uruguay han obtenido resultados alentadores a partir de reformas que otros países podrían considerar). Cuando se diseña bien, la captación de ingresos a través del IRPF incide en el crecimiento de forma similar que el IVA (como se observa en los países de la OCDE), y podría ayudar a mejorar la equidad. Una mejor forma de tributación Nuestro análisis apunta a reformas específicas que podrían ayudar a los países de ALC a abordar su problemática fiscal, de crecimiento y de equidad. Por el lado del IRPF, en la región se observan claras fallas de diseño: tasas reglamentarias bajas, umbrales de ingreso demasiado altos y deducciones generalizadas y regresivas (que tienden a beneficiar a los ricos).

  1. Estas erosionan la base impositiva y empeoran la distribución del ingreso.
  2. Un trabajador en una de las cinco mayores economías de ALC (AL-5) — Brasil, Chile, Colombia, México y Perú— tendría que ganar el equivalente a 10 veces el PIB per cápita del país para pagar la tasa reglamentaria máxima del impuesto sobre la renta de las personas físicas.

Además, ese trabajador se beneficiaría considerablemente de deducciones impositivas, que reducirían sustancialmente el monto que debería pagar. En cambio, ese mismo trabajador, si viviera en uno de los países de la OCDE, tendría que ganar tan solo 3,5 veces el PIB per cápita del país para estar sujeto a la tasa máxima del IRPF, que en promedio es bastante más alta que en los países de ALC. Reducir las deducciones del IRPF en los países de AL-5 serviría para simplificar el sistema, incrementar los ingresos y lograr que la tributación sea más progresiva —de modo que las personas que ganan más también paguen más impuestos— sin gravar más a los trabajadores de ingreso bajo o medio en el sector formal.

Si no se modifican los otros parámetros, y si se eliminaran las deducciones del impuesto sobre la renta de las personas físicas (es decir, simplificando el IRPF para que se apliquen solo sus tasas reglamentarias), los ingresos del IRPF en el país promedio de AL-5 se duplicarían, al elevar la tasa efectiva que pagaría el 10% más rico de los asalariados.

Hay que señalar que esto también mejoraría la equidad, dado que las deducciones benefician de forma desproporcionada a los hogares de ingresos más altos en ALC. Los incentivos bien focalizados en los trabajadores con salarios bajos, por ejemplo mediante créditos tributarios sobre la renta del trabajo (EITC por su sigla en inglés Earned Income Tax Credit ), podrían estimular su participación en el mercado laboral y ayudar a reducir la brecha de género.

  1. También podrían estimular la formalización de la mano de obra al compensar parcialmente las aportaciones a la seguridad social, ayudando así a mejorar la recaudación de ingresos.
  2. También se podría reformar el IRPJ.
  3. Al alinear las tasas se podría ayudar a atraer inversión y a aliviar el problema de traslado de las utilidades, y una reducción de las ventajas y deducciones tributarias podría establecer condiciones más igualitarias.

Las reformas en curso de los impuestos sobre la renta de las sociedades a escala mundial brindan una buena oportunidad para replantear la tributación de las empresas en ALC. En cuanto a las inquietudes relativas a la equidad, los países de ALC podrían fortalecer el IVA abordando la cuestión de las tasas reducidas y las exenciones, y con transferencias bien focalizadas que incentiven el uso de métodos electrónicos de pago (por ejemplo, el programa de la tarjeta social en Uruguay).

La economía digital —que ha crecido más a raíz de la pandemia— debe ser gravada con el IVA de la misma forma que otros sectores de la economía para evitar la erosión de la base tributaria. Dos factores clave: el respaldo público y el momento adecuado El respaldo del público es esencial a la hora de ejecutar reformas tributarias.

En una región en donde es baja la percepción y la confianza de que los impuestos se aprovechan bien, las reformas tributarias deben ir acompañadas de mejoras en la calidad y composición del gasto público y en la equidad general de la política fiscal.

El momento en que se toman las medidas es crucial. Mientras la pandemia no esté controlada, es importante seguir apoyando los medios de subsistencia para lograr una recuperación sólida. Los países con menos margen de maniobra fiscal quizá tengan que reformar sus sistemas tributarios más pronto, lo cual puede ayudar a apuntalar la confianza en sus marcos fiscales a mediano plazo,

*** Santiago Acosta Ormaechea es Economista Principal del Departamento del Hemisferio Occidental del FMI. Samuel Pienknagura Loor es Economista del Departamento del Hemisferio Occidental del FMI.

¿Cómo contribuyen con el pago de impuestos?

¿Quién paga los impuestos? –

  1. Objetivos
  2. Contenidos
  3. Recordemos que.
  4. Glosario
  5. Sugerencias de uso para Educación Primaria
  6. Sugerencias de uso para Educación Secundaria

Con esta sesión se pretende que los alumnos sean capaces de conocer:

  • La generalidad del deber de contribuir (artículo 31 de la Constitución Española)
  • El concepto de capacidad económica y sus diversas manifestaciones.
  • La función redistributiva de los impuestos. Tarifas progresivas y mínimos personales y familiares.
  • El concepto de fraude fiscal y sus principales consecuencias: condiciona el nivel de calidad de los servicios públicos y prestaciones sociales, afecta a la presión fiscal que soportan los contribuyentes cumplidores y distorsiona la actividad de los distintos agentes (competencia desleal generada por los contribuyentes incumplidores)
  • La doble vertiente del fraude fiscal: en el ingreso y en el gasto público.

Sabemos que todo grupo, toda colectividad, tiene unas necesidades comunes que deben ser financiadas mediante las aportaciones económicas de los miembros de ese colectivo. El Estado es la forma que tiene de organizarse políticamente una comunidad de ciudadanos.

  • Por eso, el Estado tiene el derecho a exigir y los ciudadanos el deber de aportar los recursos económicos necesarios para financiar las necesidades comunes.
  • Los impuestos, por tanto, son unas cantidades de dinero que los ciudadanos están obligados por ley a pagar para que el Estado y el resto de administraciones públicas dispongan de los recursos suficientes con los que financiar los gastos públicos.

El artículo 133 de la Constitución Española dice que: «La potestad originaria para establecer los tributos corresponde exclusivamente al Estado, mediante ley. Las Comunidades Autónomas y las Corporaciones Locales podrán establecer y exigir tributos, de acuerdo con la Constitución y las leyes».

El artículo 31 de la Constitución española dice que: «Todos contribuirán al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica mediante un sistema tributario justo inspirado en los principios de igualdad y progresividad que, en ningún caso, tendrá alcance confiscatorio», Este artículo quiere decir que, en nuestro país, las aportaciones que tienen que hacer los ciudadanos para contribuir al pago de los gastos públicos se tienen que regir por un principio muy importante, que es el de la capacidad económica.

Por eso, aunque todos los ciudadanos tienen que contribuir ( principio de generalidad ), no siempre lo hacen en la misma proporción porque no todos disponen de los mismos recursos económicos. El principio de igualdad determina que los ciudadanos con igual capacidad económica han de pagar la misma cantidad de impuestos y que los ciudadanos con distinta capacidad económica han de pagar distinta cantidad de impuestos.

  • Así, la Constitución determina que, en el sistema tributario español, quienes más dinero tengan deberán aportar más euros al fondo común para el pago de los bienes y servicios públicos ( principio de progresividad ).
  • Aunque con ciertos límites, porque también la Constitución exige que el sistema tributario no lleve la aplicación del principio de progresividad tan lejos que mediante los impuestos, pueda amenazar la capacidad económica de los contribuyentes ( alcance confiscatorio ).2.1.2 La capacidad económica y sus manifestaciones La capacidad económica se configura, de este modo, como el criterio preferente de justicia en el reparto de las cargas económicas necesarias para hacer frente a las necesidades públicas y, por tanto, es el principal criterio que rige el sistema tributario español.

La capacidad económica de cada ciudadano se manifiesta de distintas formas, bien a través de la riqueza que posee, bien a través de los ingresos que obtiene, o bien a través de los distintos tipos de consumo que hace. Se considera que la posesión del patrimonio, la obtención de rentas, la adquisición de una herencia o una donación, la compra de mercancías son hechos representativos de capacidad económica, también llamada » capacidad contributiva «, porque, en función de ella, realizan los contribuyentes sus aportaciones tributarias a la Hacienda Pública.

Es decir, es el dinero que se tiene, o que se demuestra que se tiene a juzgar por las cosas que una persona compra o posee. Por eso, la capacidad económica es un indicador de la capacidad contributiva, porque demuestra lo que un ciudadano puede y debe pagar en concepto de impuestos. El que tiene mayor capacidad económica, tiene mayor capacidad contributiva y, por eso, tiene que pagar más en concepto de impuestos, con los límites estipulados para evitar que los tributos sean tan altos que tengan alcance confiscatorio.2.1.3 Solidaridad e igualdad de oportunidades Los impuestos hacen posible la financiación de las necesidades comunes, es decir son el «precio» que se paga por los bienes y servicios públicos.

Además, los impuestos permiten que exista una mayor igualdad de renta y riqueza entre los ciudadanos. Esto es lo que se conoce como función redistributiva de los impuestos, Como se ha indicado anteriormente, el artículo 31 de la Constitución establece que el sistema tributario español estará inspirado en el principio de progresividad, es decir, pagará más impuestos quien más capacidad económica tenga.

Por eso, se dice que los impuestos cumplen una función redistributiva. Además, como se indicó en la guía didáctica 1, todos los ciudadanos tienen derecho a beneficiarse por igual de los bienes y servicios públicos (por ejemplo, las autovías), independientemente de que hayan pagado más o menos impuestos porque tengan mayor o menor capacidad económica.

E incluso, en determinados casos (por ejemplo, servicios sociales, seguro de desempleo) sólo pueden beneficiarse de estas prestaciones públicas, los ciudadanos con una capacidad económica menor. Por eso, se dice que el gasto público cumple también una función redistributiva.

  • Existe, por tanto, un transferencia de recursos de los que más capacidad económica tienen a los que menos.
  • Desde este punto de vista, el pago de los impuestos tiene un sentido ético mucho más amplio que el simple acatamiento de una obligación legal.
  • No se trata, por tanto, de un mero intercambio de bienes y servicios comprados al Estado al precio del pago de los impuestos.

Se trata de conseguir la igualdad de oportunidades para el pleno ejercicio de los derechos políticos, económicos y sociales por parte de todos los ciudadanos. Con los impuestos, en definitiva, se contribuye a hacer realidad los principios de justicia y equidad mediante las aportaciones solidarias que el Estado exige a todos los ciudadanos.2.2 La evasión y el fraude 2.2.1 Cumplimiento fiscal El pago de los impuestos afecta principalmente a los intereses materiales, concretos y personales de cada individuo.

Puede que en el plano de los juicios morales se esté plenamente de acuerdo con el cumplimiento del deber tributario porque se asuma que es un deber ciudadano. Pero cuando se pasa al plano de la conducta, al cumplimiento de las obligaciones tributarias correspondientes, donde lo que entra en juego es el interés propio, es posible que tales convicciones se hayan debilitado considerablemente generando actitudes menos favorables al cumplimiento fiscal y más proclives a la evasión y al fraude.

Las normas fiscales forman parte del conjunto de normas sociales que debe cumplir un individuo adulto en una sociedad democrática. Un ciudadano que vive en este modelo social tendría que cumplir correctamente los requerimientos que el sistema fiscal le exige sin esperar a que se ejerciera sobre él la presión coactiva de la Administración.

Las responsabilidades fiscales deberían formar parte del conjunto de valores que todo ciudadano tiene que asumir, respetar y defender.2.2.2 El fraude en gastos e ingresos El cumplimiento fiscal es una cuestión de ciudadanía. Los efectos del incumplimiento, es decir del fraude fiscal, perjudican a todos los ciudadanos pero especialmente a aquéllos que asumen sus responsabilidades ciudadanas y cumplen correctamente sus obligaciones tributarias.

El fraude fiscal es un fenómeno complejo basado en una mentalidad de derechos adquiridos sin ninguna contrapartida desde la vertiente de las responsabilidades. Es, en definitiva, un problema de socialización inadecuada en los valores éticos de justicia y solidaridad.

  1. El cumplimiento fiscal no se agota en el correcto cumplimiento de las obligaciones tributarias.
  2. El término fiscal incluye las dos vertientes del presupuesto público: la de los ingresos y la de los gastos públicos.
  3. Por eso, también por la vía del gasto público puede haber fraude, que es el que se comete cuando se abusa de los bienes y servicios públicos, o cuando se utilizan mal o se destrozan.

Esa falta de respeto a lo que es público, pagado con el esfuerzo colectivo y puesto a disposición de todos para el beneficio común, es también un problema de ciudadanía; supone tanto una injusticia como una muestra de insolidaridad. Los impuestos son unas cantidades de dinero que los ciudadanos obligados por ley pagan para que el Estado y el resto de administraciones públicas dispongan de los recursos suficientes con los que financiar los gastos públicos.

Todos los ciudadanos sin excepción tienen que contribuir a financiar los gastos públicos mediante el pago de los impuestos en la forma establecida por las leyes. Pero, no todos los ciudadanos han de contribuir en la misma proporción, porque no todos disponen de los mismos recursos económicos. La capacidad económica de cada ciudadano se manifiesta de distintas formas, a través de la riqueza que posee, los ingresos que obtiene o a través de los distintos consumos que hace.

La capacidad económica es un indicador de la capacidad contributiva, porque demuestra lo que un ciudadano puede y debe pagar en concepto de impuestos. Con los impuestos se hace posible la financiación de los bienes y servicios públicos y, además, se contribuye a hacer realidad los principios de justicia y equidad mediante las aportaciones solidarias que el Estado exige a todos los ciudadanos.

  • El fraude fiscal se produce porque no se pagan los impuestos que corresponden y también puede producirse por la vía del gasto público cuando se abusa de los bienes y servicios públicos, o cuando se utilizan mal o se destrozan.
  • También la Agencia ofrece sus servicios por Internet, de tal forma que los ciudadanos pueden hacer sus gestiones telemáticamente, sin moverse de su casa.

La Agencia se ha comprometido con la modernidad y busca ofrecer un conjunto de servicios completo al ciudadano, a la vez que persigue simplificar todos los trámites que tienen que ver con los impuesto.

  • Base imponible : Cantidad fijada por las leyes tributarias con la que se establece la capacidad económica del contribuyente. Esta cantidad está integrada, por ejemplo, en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas por las rentas que obtiene una persona en el año y atendiendo a la clasificación de dichas rentas se dividirá en dos partes: general (sueldo, alquileres, etc.) y del ahorro (intereses de cuentas bancarias, ventas de acciones, etc.). En el Impuesto sobre el Valor Añadido la base imponible está integrada por el precio del producto que se compra o del servicio que se recibe. Esta cantidad se multiplica por un porcentaje, también llamado tipo o tarifa, fijado por las leyes.
  • Capacidad económica : La que tiene en cuenta el legislador para establecer cada impuesto a cargo de los contribuyentes. Se considera que la obtención de rentas, la posesión del patrimonio, la adquisición de una herencia o una donación, la compra de mercancías son hechos representativos de capacidad económica, también llamada capacidad contributiva, porque en función de ella, realizan los contribuyentes sus aportaciones tributarias a la Hacienda Pública. Es decir, es el dinero que se tiene, o que se demuestra que se tiene a juzgar por las cosas que uno compra o posee. Por eso, la capacidad económica es un indicador de la capacidad contributiva, porque demuestra lo que un ciudadano puede y debe pagar en concepto de impuestos. El que tiene mayor capacidad económica, tiene mayor capacidad contributiva (y viceversa).
  • Contribuyente : Persona, física o jurídica (una persona jurídica es una empresa o similar), que contribuye al sostenimiento de los gastos públicos mediante las aportaciones en dinero que entrega a la Hacienda Pública (impuestos, principalmente) con arreglo a su capacidad económica (renta, patrimonio, adquisiciones, etcétera) y en la cuantía prevista en la ley.
  • Elusión fiscal : Comportamiento del contribuyente que utiliza una norma tributaria que estaba pensada con una finalidad distinta por el legislador, y con el que se pretende conseguir un resultado económico prohibido por la ley o contrario a la norma tributaria (por ejemplo, presentar una declaración tributaria incorrecta para conseguir una beca, ayuda o subvención y luego presentar una declaración complementaria como si se estuviera rectificando un olvido, compra-ventas ficticias, ventas que encubren donaciones, préstamos que en realidad son aportaciones de capital, pero que tributan de forma distinta, etc.). En realidad, es bordear o sortear la ley: es aprovechar una norma tributaria que estaba pensada para otra cosa con el objetivo de pagar menos impuestos.
  • Evasión fiscal : Es un comportamiento análogo al fraude fiscal, pero es una distinción meramente semántica. Técnicamente, la evasión es sinónimo de fraude. Socialmente, la evasión parece tener un significado menos fuerte. Sin embargo, en el vocabulario hacendístico tradicional, la evasión es más amplia que el fraude: incluye tanto el fraude tributario, como el contrabando aduanero, o la salida de divisas del país, etc. Es decir: todo comportamiento ilegal que comporta un daño al Tesoro Público, sea o no relativo a los impuestos.
  • Fraude fiscal : Comportamiento del contribuyente que oculta, disfraza o manipula su capacidad económica para no ingresar a la Hacienda Pública la cantidad de impuestos que está obligado a pagar según las leyes vigentes.
  • Función redistributiva de los impuestos : Uno de los objetivos que tienen los impuestos consiste en hacer que paguen más los que más tienen y menos los que tienen menos, a fin de que la carga de los gastos públicos se distribuya con mayor justicia social. También los impuestos sirven para que el Estado y otras administraciones públicas redistribuyan el dinero que reciben por la vía de los gastos públicos (por ejemplo, sanidad pública para todos, campañas de vacunación, dinero para investigación y desarrollo social, becas de enseñanza, ayudas para compra de vivienda, ayudas para transporte, ayudas domiciliarias y residencias para personas mayores y discapacitadas, etc.).
  • Mínimo personal y mínimo familiar : Es la cantidad de dinero que todos necesitamos para poder vivir dignamente como personas y poder pagar nuestras necesidades básicas y que, por ello, no tributa en el IRPF. Esta cantidad varía según las circunstancias personales y familiares del contribuyente (número de hijos, número de ascendientes, número de personas discapacitadas).
  • Obligaciones tributarias : Constituyen una serie de acciones que, por mandato legal, deben realizarse. Por ejemplo, lo son el pago de impuestos en el plazo y de la forma que determina la ley. También, lo son el suministro de información económica que la ley tributaria establece, aunque el resultado de esta obligación no sea una aportación económica.
  • Progresividad de los impuestos : Los impuestos se pueden liquidar según los siguientes criterios:
    • Todos pagan la misma cantidad («capitación»);
    • Proporcionalmente a su respectiva capacidad económica (el 15 por ciento, por ejemplo); y
    • Más que proporcionalmente a su capacidad económica («impuesto progresivo»). En esta última modalidad quien tiene, por ejemplo, una renta de 30.000 euros paga el 10 por ciento por los primeros 6.000 euros; el 12 por ciento por los segundos 6.000 euros, el 15 por ciento por los terceros 6.000 euros, etcétera. Significa no pagar un porcentaje lineal por todo el dinero que se tiene, sino distribuir el dinero que se tiene en tramos, y donde el porcentaje que se aplica (tipo impositivo) va siendo mayor según va ascendiendo el tramo de dinero.
  • Sistema tributario español : Conjunto de impuestos y demás tributos existentes en España, establecidos y regulados por ley conforme a los principios enunciados en la Constitución.
  • Solidaridad : Es la adhesión expresa a la causa y realidad de otros, que se pone de manifiesto con el ofrecimiento expreso de apoyo y la puesta en práctica de una ayuda material y moral.
  • Tarifa progresiva : Tipo de gravamen, alícuota o porcentaje a aplicar sobre la base imponible cuando ésta se expresa en cantidades monetarias y se divide por tramos, de tal forma que al aumentar la base y pasar al tramo siguiente se incrementa el tipo. Significa aplicar porcentajes mayores (tipos impositivos) a los tramos de dinero más altos.
  • Tributos : Son aportaciones dinerarias establecidas por las leyes para proporcionar ingresos a la Hacienda Pública con objeto de que ésta pueda atender los gastos públicos. Se clasifican en impuestos, tasas y contribuciones especiales:
    • Impuestos : Son los tributos más importantes y que los ciudadanos deben pagar obligatoriamente sin que exista una contraprestación individualizada específica y que se fundamentan en hechos que demuestran la capacidad económica de los ciudadanos (por ejemplo: el IRPF o el IVA).
    • Tasas : Son tributos que pagan los ciudadanos como consecuencia de la realización de una actuación administrativa que les beneficia individualmente, pero que están obligados a solicitar o recibir (por ejemplo: la recogida de basuras, o la expedición del DNI).
    • Contribuciones especiales : Son tributos que se pagan cuando una actuación pública dirigida a satisfacer una necesidad colectiva produce un beneficio especial a determinados individuos (por ejemplo: el aumento de valor de una finca como consecuencia de la realización de una obra pública).

5 Sugerencias de uso para Educación Primaria

5.1 Antes de empezar
5.2 Exposición del profesor
5.2.1 Los derechos y las responsabilidades de los ciudadanos
5.2.2 La evasión y el fraude
5.3 Actividades para el tercer ciclo de Primaria
5.3.1 Ciudadanos y contribuyentes
5.3.2 Empresas
5.3.3 Problemas sobre proporciones, ordenación de cantidades.
5.3.4 Recogida de datos y representación de datos
5.3.5 Producción de textos
5.3.6 Homónimos, sinónimos, frases hechas
5.3.7 Dramatización
5.3.8 Elaboración de una encuesta y recogida de datos
5.3.9 Debate sobre los impuestos y el fraude
5.3.10 Sobre el uso de los bienes públicos
5.3.11 Mural sobre valores
5.3.12 Carteles sobre la defraudación y el uso de los bienes públicos

5.1 Antes de empezar

  • ¿Qué servicios públicos conoces?
  • ¿Qué servicios públicos usas?
  • ¿Cuestan dinero los servicios públicos?
  • Si cuestan dinero, ¿quién los paga?

5.2 Exposición del profesor 5.2.1 Los derechos y las responsabilidades de los ciudadanos Vivir en comunidad, vivir en grupo, tiene muchas ventajas, pero también significa asumir responsabilidades. Quien vive en grupo se beneficia de lo que aportan los demás, pero también tiene que aportar su parte al resto del grupo.

  1. Es decir, vivir en comunidad significa derechos y ventajas, pero también asumir nuestras responsabilidades para con los demás.
  2. Como ejemplo, podemos pensar en las casas en las que todos solemos vivir.
  3. Pues bien, el Estado es como una casa muy grande y quienes viven en ella son los ciudadanos.
  4. Por eso, todas las personas que viven en esa casa grande, en ese Estado, tienen que pagar entre todos los gastos comunes; o sea, que todos tienen que pagar los impuestos para que el Estado, que incluye Comunidades autónomas y Ayuntamientos, pueda proporcionar los bienes y servicios públicos que son para todos y que todos pueden utilizar.

Los impuestos son unas cantidades de dinero establecidas por ley que deben pagar los ciudadanos para contribuir a los gastos públicos. En una casa, hay pisos grandes y pisos pequeños y, por tanto, no pagan la misma cantidad para los gastos comunes los pisos de diferente tamaño.

  • Pues lo mismo pasa en el Estado, donde hay ciudadanos que tienen más dinero y que, por tanto, pagan más de impuestos que otros ciudadanos que tienen menos dinero y que, por tanto, pagan menos de impuestos.
  • Esto sucede porque, si todos pagaran lo mismo, como son más las personas que tienen poco dinero que las que tienen mucho, el Estado (incluidas las Comunidades autónomas y los Ayuntamientos) tendría poco dinero y podría proporcionar pocos bienes y servicios públicos.

Entonces habría niños que no podrían ir a la escuela porque sus padres no podrían pagarla, o gente que no podría ir al médico ni a los hospitales por no tener dinero suficiente, o personas mayores que tendrían que depender de sus hijos o de sus nietos para poder vivir porque no tendrían pensiones.

También habría personas que no podrían viajar cuando quisieran porque no habría buenos transportes públicos; o que, aunque tuvieran coche, tardarían mucho en llegar a los sitios porque no habría buenas carreteras. También habría problemas para recoger y reciclar las basuras, para tener agua en las casas para beber, ducharse y lavar la ropa, o podría haber graves consecuencias si ocurriera un incendio por no tener bomberos.

Para que las administraciones públicas (tanto la central como la autonómica y la local) puedan proporcionar los servicios públicos necesarios para que todos vivan lo mejor posible, se paga distinta cantidad de impuestos según el dinero que se tenga y según las obligaciones personales y familiares que tengan las personas.

Por ejemplo, no pagan lo mismo quienes ganan sueldos muy altos que quienes ganan sueldos más bajos; tampoco pagan lo mismo las personas que viven solas que las que viven en familia; ni pagan lo mismo las familias que tienen hijos, o que tienen que hacerse cargo de personas mayores o de discapacitados, que aquéllas otras que no tienen este tipo de responsabilidades.

Es decir, que todos los ciudadanos tienen que pagar los impuestos al Estado, a las Comunidades autónomas y a los Ayuntamientos. Esto es justicia, que significa que, como todos los ciudadanos tienen los mismos derechos, todos tienen las mismas obligaciones, entre ellas, contribuir a los gastos comunes pagando los impuestos.

  1. Pero los impuestos no son una cuota fija, igual para todos.
  2. Según sea la situación económica y familiar de los ciudadanos, así es la cantidad que tienen que pagar por impuestos.
  3. Esto es equidad, que significa tratar de manera diferente las situaciones que son diferentes.
  4. Los impuestos también sirven para que no haya gente que carezca de las cosas más necesarias porque no tenga dinero.

Esto es la redistribución. Con el dinero de los impuestos, la Administración central, la autonómica y la local proporcionan los bienes y servicios públicos más básicos y necesarios para todos los ciudadanos. Si unos han contribuido con más cantidad de impuestos que otros, porque tienen mayor capacidad económica, han puesto en práctica el valor de la solidaridad, que es fundamental para vivir en sociedad.5.2.2 La evasión y el fraude Todas las personas que viven en la gran casa que es el Estado tienen que pagar entre todos los gastos comunes de esa casa, es decir: todos los ciudadanos, tienen que pagar los impuestos.

Pero hay personas que no se comportan como buenos ciudadanos. Hay personas que no pagan los impuestos que les corresponden. Se les llama «defraudadores». Esto es una injusticia, porque estas personas utilizan los bienes y servicios públicos, igual que todos los demás. Y, sin embargo, no han aportado el dinero que les correspondía entregar para pagarlos.

Como estas personas no han pagado su parte, el Estado (que como ya sabemos incluye Comunidades autónomas y Ayuntamientos) tiene menos dinero para los servicios públicos y, entonces, sólo le quedan dos caminos. O bien proporciona menos servicios públicos de los que se necesitan, con lo que todos salimos perjudicados.

  • O bien, si quiere proporcionar los servicios públicos que se necesitan, tiene que pedir más dinero a los ciudadanos, con lo cual los que pagan correctamente sus impuestos tienen que ingresar más dinero por lo que otros usan y no pagan.
  • Hay gente que defrauda de muchas maneras.
  • Los hay que pagan una parte, pero no todo lo que les corresponde.

Se creen que así no se va a notar que han aportado menos de lo que debían. También hay gente que, directamente, no paga nada. Se creen que las administraciones públicas y los demás ciudadanos no se van a enterar. Puede que, al principio, no se note, o que los demás no se enteren.

Puede que se crean que han conseguido engañar al Estado. Pero ellos saben que lo que hacen está mal. No están engañando al Estado, a su Comunidad autónoma o a su Ayuntamiento. Están quitando una parte de lo que les corresponde a todos los ciudadanos, incluidos a ellos mismos. Ellos saben que se están comportando como personas egoístas e insolidarias y que están engañándose a sí mismos y a los demás.

Además, tarde o temprano, todos los engaños se acaban descubriendo. Cuando se les descubre, se buscan excusas para disculpar su comportamiento. Pero no les sirve de nada porque, al final, se les castiga. Tienen que pagar lo que les correspondía y, además algo más, porque se les pone una multa.

El Estado tiene la obligación de defender los intereses de todos los ciudadanos. En particular, tiene que defender los intereses de los buenos ciudadanos que sí pagan los impuestos que les corresponden. Y, por eso, no puede tolerar estos engaños y estas conductas egoístas e insolidarias. Por eso, la Agencia Tributaria y las Administraciones Tributarias autonómicas y locales tienen que comprobar el pago de los impuestos de todos los ciudadanos.

Y a los que incumplen sus obligaciones tributarias, porque pagan menos de lo que deben o no pagan, se les exige el dinero que no han aportado a la colectividad y, además se les sanciona. También actúan mal y en contra de la ley, los que abusan de los bienes y servicios públicos, pagados con el dinero de todos y puestos a disposición de los ciudadanos para beneficio común.

Los que abusan, destrozan o utilizan mal los bienes y servicios públicos también están causando un perjuicio a todos los demás, porque el Estado, su Comunidad autónoma o su Ayuntamiento, tendrán que gastar más dinero del que debería por causa de la conducta egoísta, insolidaria e incívica de unos pocos.5.3 Actividades para el tercer ciclo de Primaria A continuación se sugieren distintas actividades.

Los criterios de búsqueda de actividades pueden ser de distinto tipo: el área o materia, el tipo de actividad (individual o grupal) y el nivel educativo para el que se propone.5.3.1 Ciudadanos y contribuyentes Área : Conocimiento del medio. Tipo : Individual Nivel : Tercer Ciclo de Educación Primaria

  • Di qué significan las siguientes palabras:
    • Ciudadano
    • Contribuyente
    • Defraudador
  • ¿Qué son los impuestos ? Completa la siguiente definición:
    • Los impuestos son unas cantidades de (DINERO) que los ciudadanos, obligados por (LEY), pagan para que el Estado y el resto de las administraciones públicas dispongan de los recursos suficientes con los que financiar los bienes y servicios (PÚBLICOS)
  • ¿De qué dependen las cantidades que deben pagar los contribuyentes?
    • De lo que usen los servicios públicos.
    • De su capacidad económica.
    • De lo que voluntariamente quieran aportar.

5.3.2 Empresas Área : Conocimiento del medio Tipo : Individual Nivel : Tercer Ciclo de Educación Primaria Las empresas, como las personas, también están obligadas a pagar impuestos. ¿De qué depende la cantidad de dinero que deben pagar?

  • Del número de empleados que tenga.
  • De la cantidad de dinero que mueva.
  • De los beneficios (ingresos menos gastos) que obtenga.

5.3.3 Problemas sobre proporciones, ordenación de cantidades. Área : Matemáticas Tipo : Individual Nivel : Tercer Ciclo de Educación Primaria

  • Ordena los siguientes contribuyentes según la cantidad de dinero que deben pagar de impuestos, de mayor a menor: El indicador principal es el valor del Salario Mínimo Interprofesional (641,40 euros/mes o 21,38 euros/día, según que el salario esté fijado por meses o días).
    • María cobra el 85% del cuádruplo del SMI.
    • Santi gana tres veces más que el SMI
    • Almudena ha tenido un aumento y gana un 10% más que María
    • Joan multiplica el SMI por 5, pero deduce el 30% del total.

Sergi compra un videojuego que cuesta 40 euros (IVA incluido). El Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) es el 21% del precio. ¿Cuánto paga por IVA al adquirir el videojuego?

Un defraudador ha sido investigado por la Agencia Tributaria y se ha encontrado que ha dejado de pagar el 25% de 2000€ que es lo que debería haber pagado. Si se le obliga a pagar el importe de su deuda más el 150% de lo defraudado en concepto de multa, ¿cuánto debe pagar por haber defraudado ?

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Tres chicos insolidarios e incívicos han pintado la fachada del Colegio. El Administrador tenía un presupuesto para gastos extraordinarios de 24.000€. Iban a comprar 24 ordenadores para el aula de Informática, porque se había quedado antigua. La limpieza de la fachada ha costado 1.200€, que han tenido que salir de ese presupuesto. ¿Cuántos ordenadores ha costado la «broma»? Y ahora apliquemos las matemáticas: ¿crees tú que este problema es real o ficticio? ¿Cómo se puede solucionar el problema del maltrato de los bienes públicos?

5.3.4 Recogida de datos y representación de datos Área : Matemáticas Tipo : Individual Nivel : Tercer Ciclo de Educación Primaria

  • Representa en un diagrama de barras (histograma) los siguientes datos:
    • Los ingresos por impuestos del Estado recaudados durante el año 2011 provienen de los siguientes conceptos.
    • Impuestos directos:
      • Impuesto de la Renta de las Personas Físicas: 44%
      • Impuesto de sociedades: 10%
      • Otros impuestos directos : 1%
    • Impuestos indirectos:
      • Impuesto sobre el Valor Añadido: 31%
      • Impuestos especiales (impuesto sobre el tabaco, impuesto sobre el alcohol, etc.) 12%
      • Otros impuestos indirectos: 2%
    • Tabular y representar gráficamente la encuesta propuesta en la asignatura de Lengua.

5.3.5 Producción de textos Área : Lengua Tipo : Individual Nivel : Tercer Ciclo de Educación Primaria

Escribe un cuento sobre el tema: solidaridad. Primero busca qué significa esa palabra en el diccionario, busca también ejemplos de personas que se hayan distinguido por esa virtud e inventa una historia que ilustre ese tema.

Haz lo mismo sobre las ideas de la «justicia», «equidad» y «solidaridad» de los impuestos.

Escribe una carta a un defraudador: Haz hincapié en los servicios que ha utilizado y explícale que no debería haberlo hecho al no haber pagado sus impuestos.

Ponte en la piel de un defraudador y escribe una carta pidiendo excusas a los ciudadanos por no haber pagado sus impuestos

5.3.6 Homónimos, sinónimos, frases hechas Área : Lengua Tipo : Individual Nivel : Tercer Ciclo de Educación Primaria

Busca en un diccionario de sinónimos palabras relacionadas con justicia y con fraude. Ponlas en dos listas, una al lado de la otra.

¿Qué significa la frase: «Hacienda somos todos»?

A veces hay noticias en la prensa que hablan de blanqueo de dinero. ¿Qué significa «blanquear dinero»?. Búscalo en el diccionario.

5.3.7 Dramatización Área : Lengua Tipo : Grupal Nivel : Tercer Ciclo de Educación Primaria Planifica una fiesta de cumpleaños. Hay que comprar el regalo. Hay que comprar la comida y las bebidas ¿Cuánto dinero hay que poner? ¿Tienen que ponerlo todos los que vayan a la fiesta? Y si uno no puede poner dinero, o puede poner menos, ¿podrá participar igual de la fiesta? Hay que llevar una película de vídeo ¿se pide prestada? ¿Quién la haya prestado no pone ya dinero? Hay que hacer fotos ¿quién lleva la cámara? ¿Quién se ocupa de revelar las fotos? ¿Cuántas copias? ¿A cuánto salen? ¿Tendrán todos sus copias de las fotos aunque haya gente que ha puesto menos dinero? Busca el paralelismo con situaciones fiscales.5.3.8 Elaboración de una encuesta y recogida de datos Área : Lengua Tipo : Grupal Nivel : Tercer Ciclo de Educación Primaria

Utilizando el brainstorming o tormenta de ideas, buscad en grupo las preguntas que se pueden hacer para elaborar una encuesta sobre el grado de cumplimiento de las obligaciones fiscales. Por ejemplo: ¿Usted paga sus impuestos? ¿Cree usted que los miembros de su familia pagan sus impuestos? ¿Considera usted que sus vecinos pagan sus impuestos? Debéis utilizar una escala de 1 a 5.

Cada miembro del grupo debe pasarla como mínimo a una persona (lógicamente debéis garantizar el anonimato). Una vez cumplimentadas las encuestas, tabuláis los resultados (si lo necesitáis, podéis pedir ayuda al profesor de matemáticas) y, por último, redactáis en grupo unas conclusiones.

5.3.9 Debate sobre los impuestos y el fraude Área : Lengua Tipo : Grupal/individual Nivel : Tercer Ciclo de Educación Primaria Discute con tus compañeros las ideas que se han expuesto sobre el pago de impuestos y el fraude. ¿Qué habéis entendido? ¿Qué os ha parecido más complicado? ¿Por qué? Redactad un breve artículo con las distintas posiciones de esta discusión y si habéis llegado a alguna conclusión.5.3.10 Sobre el uso de los bienes públicos Área : Lengua Tipo : Grupal/individual Nivel : Tercer Ciclo de Educación Primaria

(Brainstorming) Haced un listado de casos de mal uso de bienes y servicios públicos. Poned ejemplos de casos concretos (por ejemplo, casos en los que alguien ha estropeado marquesinas de autobuses, quemado papeleras, tapado con pintura carteles de calles, planos, etc.) Procurad decir el dinero que cuesta reponer lo estropeado en cada caso.

Buscad alguna noticia (en tu entorno, en los periódicos, preguntando a tus padres, profesores o conocidos) de casos de mal uso de bienes y servicios públicos. Haced un resumen con vuestros propios comentarios.

Buscad fotos para ilustrar casos de mal uso de bienes y servicio públicos. Ponedles al pie el título y los comentarios que se os ocurran.

5.3.11 Mural sobre valores Área : Interdisciplinar (Lengua, Plástica, Tutoría). Tipo : Grupal Nivel : Tercer Ciclo de Educación Primaria Haced un mural (dibujos por viñetas o tipo collage) para ilustrar las ideas de la «justicia», «equidad» y «solidaridad» de los impuestos 5.3.12 Carteles sobre la defraudación y el uso de los bienes públicos Área : Interdisciplinar Tipo : Grupal/individual Nivel : Tercer Ciclo de Educación Primaria

Haced un concurso de carteles para elegir la imagen que mejor puede definir a un defraudador.

Igualmente haced otro para pedir a los jóvenes que utilicen correctamente los bienes públicos, Buscad fotos para ilustrar casos de mal uso de bienes y servicios públicos. Ponedles al pie el título y los comentarios que se os ocurran.

Haced propuestas de algún eslogan para fomentar la conciencia fiscal entre los ciudadanos para que todos paguen sus impuestos. Pensad que este eslogan se va a emplear en los medios de comunicación (televisión, prensa, etc.)

6 Sugerencias de uso para Educación Secundaria

6.1 Antes de empezar
6.2 Exposición del profesor
6.2.1 Los derechos y las responsabilidades de los ciudadanos
6.2.2 La evasión y el fraude
6.3 Actividades para el primer ciclo de Primaria
6.3.1 Servicios públicos y población
6.3.2 Conversión de monedas
6.3.3 Magnitudes directa e inversamente proporcionales. Porcentajes (I)
6.3.4 Magnitudes directa e inversamente proporcionales. Porcentajes (II)
6.3.5 Reglas de tres simple directa
6.3.6 Tipos de texto
6.3.7 El reportero en acción
6.4 Actividades para el segundo ciclo de Educación Secundaria
6.4.1 La ciudad como espacio geográfico: actividades urbanas
6.4.2 Población activa: empleados y desempleados
6.4.3 Los paraísos fiscales
6.4.4 Aritmética
6.4.5 Encuestando
6.4.6 Producción de textos: reportaje sobre los servicios públicos
6.4.7 La prensa y la investigación en el aula: Impuestos y fraude
6.4.8 Producción de textos: los jóvenes también pagamos impuestos
6.4.9 Dramatización social (Sociodrama)
6.4.10 Dilemas morales

6.1 Antes de empezar

  • ¿Qué ventajas tiene vivir en comunidad?
  • ¿Tiene también inconvenientes?
  • ¿Hay alguna relación entre ventajas e inconvenientes con derechos y responsabilidades?
  • Nombra dos o más comunidades diferentes a las que pertenezcas.
  • ¿Conoces sus normas? Cita algunas.
  • ¿Quién es el encargado de velar por que se cumplan las normas? ¿Cómo juzgas su cometido?

6.2 Exposición del profesor 6.2.1 Los derechos y las responsabilidades de los ciudadanos Vivir en comunidad, vivir en grupo, tiene muchas ventajas, pero también significa asumir responsabilidades. Quien vive en grupo se beneficia de lo que aportan los demás, pero también tiene que aportar su parte al resto de la colectividad.

Es decir, vivir en comunidad significa derechos y ventajas, pero también asumir nuestras responsabilidades para con los demás. Como ejemplo, podemos pensar en las casas grandes en las que todos solemos vivir. Pues bien, el Estado es como una gran casa y quienes viven en ella son los ciudadanos. Por eso, todos los ciudadanos que viven en ese Hogar Público, en ese Estado, tienen que pagar entre todos los gastos comunes.

Es decir, que todos tienen que pagar los impuestos para que el Estado, que incluye a las Comunidades autónomas y los Ayuntamientos, pueda proporcionar los bienes y servicios públicos que son para todos y que todos pueden utilizar. En una casa, hay pisos grandes y pisos pequeños y, por tanto, no pagan la misma cantidad para cubrir los gastos comunes los propietarios de pisos de diferente tamaño.

  • Lo mismo pasa en el Hogar Público, en el Estado, donde hay ciudadanos que tienen más dinero y que, por tanto, pagan más impuestos que otros ciudadanos que tienen menos dinero y que, por tanto, pagan menos impuestos.
  • Esto sucede porque, si todos pagaran lo mismo, como son más las personas que tienen poco dinero que las que tienen mucho, el Estado (incluidas las Comunidades autónomas y los Ayuntamientos) tendría escasos recursos económicos y podría proporcionar menos bienes y servicios públicos.

Entonces habría chicos que no podrían ir al instituto porque sus padres no podrían pagarlo, o gente que no podría ir al médico ni a los hospitales por no tener dinero suficiente, o habría personas mayores que tendrían que depender de sus hijos o de sus nietos para poder vivir porque no existirían las pensiones.

También habría personas que no podrían viajar cuando quisieran porque no habría buenos transportes públicos; o que, aunque tuvieran coche, tardarían mucho en llegar a los sitios por carecer de buenas carreteras. También habría problemas para recoger y reciclar las basuras, para tener agua en las casas para beber, ducharse y lavar la ropa, o podría haber graves consecuencias si ocurriera un incendio por no tener bomberos.

Para que las administraciones públicas (tanto la central como la autonómica y la local) puedan proporcionar los servicios públicos necesarios para que todos vivan lo mejor posible, se paga distinta cantidad de impuestos según el dinero que se tenga y según las obligaciones personales y familiares de cada persona.

Por ejemplo, no pagan lo mismo quienes ganan sueldos muy altos que quienes ganan sueldos más bajos; tampoco pagan lo mismo las personas que viven solas que las que viven en familia; ni pagan lo mismo las familias que tienen hijos, o que tienen que hacerse cargo de personas mayores o de discapacitados, que aquéllas otras que no tienen este tipo de responsabilidades Es decir, que todos los ciudadanos tienen que pagar los impuestos al Estado, a las Comunidades autónomas y a los Ayuntamientos.

Esto es justicia, que significa que, como todos los ciudadanos tienen los mismos derechos, todos tienen las mismas obligaciones, entre ellas, contribuir a los gastos comunes pagando los impuestos. Pero los impuestos no son una cuota fija, igual para todos.

  1. Según sea la situación económica y familiar de los ciudadanos, así es la cantidad que tienen que pagar por impuestos.
  2. Esto es equidad, que significa tratar de manera diferente las situaciones que son diferentes.
  3. Los impuestos también sirven para que no haya gente que carezca de las cosas más necesarias porque no tenga dinero.

Esto es la redistribución, Con el dinero de los impuestos, la Administración central, la autonómica y la local proporcionan los bienes y servicios públicos más básicos y necesarios para todos los ciudadanos. Si unos han contribuido con más cantidad de impuestos que otros, porque tienen mayor capacidad económica, han puesto en práctica el valor de la solidaridad, que es fundamental para vivir en sociedad.6.2.2 La evasión y el fraude Todas las personas que viven en el Hogar Público que es el Estado tienen que contribuir a financiar los gastos comunes.

Es decir, todos los ciudadanos, tienen que pagar los impuestos. Pero hay personas que no lo hacen así y que no ingresan los impuestos que les corresponden. Esto es una injusticia, porque estas personas utilizan los bienes y servicios públicos, igual que todos los demás. Y, sin embargo, no han aportado el dinero que les correspondía aportar para pagarlos.

A estas personas se les llama «defraudadores». Como estas personas no han pagado su parte, el Estado (que como sabemos incluye las Comunidades autónomas y los Ayuntamientos) tiene menos dinero para los servicios públicos y, entonces, sólo le quedan dos caminos.

  • O bien proporciona menos servicios públicos o de inferior calidad de los que se necesitan, con lo que todos salimos perjudicados.
  • O bien, si quiere proporcionar los servicios públicos que se necesitan, tiene que pedir más dinero a los ciudadanos, con lo cual los que pagan correctamente sus impuestos, tienen que aportar más dinero por lo que otros usan y no pagan.

Hay gente que defrauda, de muchas maneras. Los hay que pagan una parte, pero no todo lo que les corresponde. Creen que así no se va a notar que han aportado menos de lo que debían. También hay gente que, directamente, no paga nada. Suponen que las administraciones públicas y los demás ciudadanos no se van a enterar.

  1. Puede que, al principio, no se note, o que los demás no se enteren.
  2. Puede que se crean que han conseguido engañar al Estado.
  3. Pero ellos saben que lo que hacen está mal.
  4. No están engañando al Estado, a su Comunidad autónoma o a su Ayuntamiento.
  5. Están quitando una parte de lo que les corresponde a todos los ciudadanos, incluidos a ellos mismos.

Ellos saben que se están comportando como personas egoístas e insolidarias, y que están engañándose a sí mismos y a los demás. Además, tarde o temprano, todos los engaños se acaban descubriendo. Sucede que, muchas veces, para engañar en el pago de los impuestos, hay que engañar en otros niveles económicos y legales.

O también sucede que, para ocultar las cosas que se hacen mal en otros niveles económicos y legales, hay que engañar en los impuestos. Con lo cual, al final se hace un lío enorme y se acaba descubriendo todo el asunto. Cuando se descubre a los defraudadores, éstos buscan excusas para disculpar su comportamiento.

Pero normalmente no les sirve de nada porque, al final, se les sanciona. Tienen que pagar lo que les correspondía y, además más, porque se les pone una multa o incluso los hay que tienen que ir a la cárcel por haber cometido delito fiscal. El Estado tiene la obligación de defender los intereses de todos los ciudadanos.

  1. En particular, tiene que defender los intereses de los buenos ciudadanos que sí pagan los impuestos que les corresponden.
  2. Y, por eso, no puede tolerar estos engaños y estas conductas egoístas e insolidarias de los defraudadores.
  3. Por eso, la Agencia Tributaria y las Administraciones Tributarias autonómicas y locales tienen que comprobar el pago de los impuestos de todos los ciudadanos.

Y los que incumplen sus obligaciones tributarias (defraudadores), porque pagan menos de lo que deben o no pagan, se les exige el dinero que no han aportado a la colectividad y, además se les sanciona. También sucede que hay gente que, aunque pague correctamente sus impuestos, abusa de los bienes y servicios públicos.

  • Los usan mal, desperdician las oportunidades que se les ofrecen, engañan para que les alcancen beneficios a los que no tienen derecho, etc.
  • Estos también son defraudadores.
  • No lo son por la vía de los ingresos públicos (no cometen fraude tributario), pero lo son por la vía de los gastos públicos (cometen también fraude fiscal).

También son personas egoístas e insolidarias que quitan a los demás, recursos y oportunidades. Por ejemplo, hay personas jóvenes que desaprovechan las oportunidades que les ofrece el sistema educativo y, con ello, desperdician el dinero público que a los ciudadanos les cuesta un esfuerzo pagar.

Eso, aunque no esté castigado por la ley, es una conducta asocial, egoísta e insolidaria.6.3 Actividades para el primer ciclo de Secundaria A continuación se sugieren distintas actividades. Los criterios de búsqueda de actividades puede ser de distinto tipo: el área o materia, el tipo de actividad (individual o grupal) y el nivel educativo para el que se propone.6.3.1 Servicios públicos y población Área : Geografía e Historia.

Interdisciplinar. Tipo : Individual Nivel : Primer ciclo de Educación Secundaria.

Busca información: ¿Qué derechos tienen todos los habitantes de España, sea cuál sea su situación económica y social? ¿Tienen derecho a atención médica? ¿A una plaza escolar gratuita?¿A usar las carreteras y autovías?

6.3.2 Conversión de monedas Área : Matemáticas. Tipo : Individual Nivel : Primer ciclo de Educación Secundaria. Primer curso

  • Si un ciudadano de cada uno de estos países compra un CD que le cuesta 20 euros y paga IVA por el 21% del precio, ¿cuánto tendría que pagar por IVA en su respectiva moneda?

6.3.3 Magnitudes directa e inversamente proporcionales. Porcentajes (I) Área : Matemáticas. Tipo : Individual Nivel : Primer ciclo de Educación Secundaria. Primer curso.

  • Indica cuál de estas magnitudes son directamente proporcionales y cuáles no:
    • El salario que cobra una persona y el impuesto sobre la renta que paga.
    • El número de hijos que tiene una persona y el impuesto sobre la renta que paga.
    • Los intereses del banco que cobra una persona y el impuesto sobre la renta que paga
    • El precio de un producto y el IVA que se paga.
  • Una parte de la financiación de las Comunidades autónomas se consigue gracias al porcentaje del impuesto sobre renta que pagan los ciudadanos. Si el Estado ingresa 100€ y entrega a las Comunidades autónomas 50€, ¿qué porcentaje del impuesto sobre la renta sirve para financiar los bienes y servicios que prestan las Comunidades autónomas? Si el Estado ingresa 100 € por IVA y entrega a las Comunidades autónomas 50€, ¿qué porcentaje del IVA sirve para financiar los bienes y servicios que prestan las Comunidades autónomas?

6.3.4 Magnitudes directa e inversamente proporcionales. Porcentajes (II) Área : Matemáticas. Tipo : Individual Nivel : Primer ciclo de Educación Secundaria. Segundo curso. En el reparto de los recursos del Estado para las Comunidades autónomas se tienen en cuenta, entre otros, los siguiente datos:

  • Las competencias asumidas por Comunidad autónoma (por ejemplo, sanidad, educación, etc)
  • La renta per cápita de cada Comunidad.
  • Los habitantes de cada una de las comunidades.

Señala qué magnitudes son directamente proporcionales al dinero que cada Comunidad recibe y cuáles son inversamente proporcionales 6.3.5 Reglas de tres simple directa Área : Matemáticas. Tipo : Individual Nivel : Primer ciclo de Educación Secundaria. Segundo curso.

Si un CD cuesta 20 euros y se pagan 4,2 euros por IVA, ¿cuánto IVA se pagará por un ordenador que vale 600 euros?

6.3.6 Tipos de texto Área : Lengua. Tipo : Individual Nivel : Primer ciclo de Educación Secundaria

  • Busca un símbolo gráfico para expresar la idea de justicia, la de solidaridad y la de la equidad.
  • ¿Significa lo mismo la justicia y la equidad? ¿Todo lo justo es equitativo y todo lo equitativo es justo? Razona tu respuesta.
  • Escribe una carta dirigida a un defraudador, es decir a una persona que no paga sus impuestos, dándole argumentos sobre por qué debe hacerlo.

6.3.7 El reportero en acción Área : Lengua. Tipo : Individual Nivel : Primer ciclo de Educación Secundaria.

  • Ponte en plan reportero : Pregunta a tus padres, a tus familiares, a tus conocidos, si recuerdan qué han pagado por impuestos este año (o el año anterior). Con los resultados de esa encuesta, haz un cuadro donde se reflejen las distintas situaciones personales y familiares de las personas que te han dado esta información y las distintas cantidades que han pagado por impuestos.
  • Sigue en plan reportero : Pregunta a tus padres, a tus familiares, a tus conocidos, por todos los servicios públicos que han usado este año (o el año pasado). Con los resultados de esa encuesta, haz un cuadro donde pongas por apartados todos los servicios públicos utilizados por ellos. Suponiendo que hayas hecho las dos encuestas (ésta y la anterior), puedes hacer otro cuadro, donde se reflejen las distintas situaciones personales y familiares de cada persona que te ha proporcionado la información, los servicios públicos que han utilizado y lo que recuerdan haber pagado por impuestos.
  • Sigue en plan reportero : Haz un artículo (por ejemplo con este título: «Los servicios públicos que usamos un día cualquiera») donde se reflejen varios servicios públicos que tú utilizas un día normal. Puedes pensar en lo que haces desde que te levantas hasta que te acuestas (por ejemplo, nada más levantarte, lo primero que haces es encender la luz y abrir un grifo, luego desayunas, tiras cosas a la basura, luego sales a la calle, después piensa en el colegio donde estudias, el parque donde vas con tus amigos, tu polideportivo, etc.) Haz un listado con todos ellos y pon al lado quién te los proporciona (Ayuntamiento, Comunidad autónoma, etc.)
  • Sigue en plan reportero : Haz un artículo (por ejemplo con este título: «Los jóvenes también pagamos impuestos») donde cuentes las cosas que te compras con tu paga y los impuestos que pagas en tu vida cotidiana sin darte cuenta, por ejemplo, cada vez que te compras una cosa, o vas al cine, o usas el transporte público o recargas el móvil.

6.4 Actividades para el segundo ciclo de Educación Secundaria 6.4.1 La ciudad como espacio geográfico: actividades urbanas Área : Geografía e Historia. Tipo : Individual Nivel : Segundo ciclo de Educación Secundaria.

  • Un fraude muy extendido es «pagar con dinero negro». ¿Qué es el «dinero negro»? ¿Qué efectos produce?
  • Se ha pagado una reparación o un trabajo o un piso con dinero negro. Señala qué efectos perniciosos produce tanto para los individuos como para la colectividad.

6.4.2 Población activa: empleados y desempleados Área : Geografía e Historia. Tipo : Individual Nivel : Segundo ciclo de Educación Secundaria.

  • Necesitamos dos datos: el número de personas que están dadas de alta en la Seguridad Social y el número de parados. Esos datos dan dos tasas: el de personas empleadas y la tasa del paro. Busca en la web del Instituto Nacional de Estadística: www.ine.es estas tasas para el año pasado.
  • ¿Qué actividades o qué colectivos de personas soportan mayor número de parados?
  • ¿Qué medidas adopta el Estado para las personas que se encuentran en paro? ¿Sabes qué es el seguro de desempleo? ¿Sabes de dónde sale el dinero para pagarlo?
  • Señala alguna medida adoptada por el Estado que busque «conciliar» la vida familiar y la vida laboral en el caso de las mujeres trabajadoras por cuenta ajena que han sido madres. Utiliza un buscador en Internet y busca «deducción para madres trabajadoras» ¿Qué es? ¿Cuál es su objetivo?

6.4.3 Los paraísos fiscales Área : Geografía e Historia. Tipo : Individual Nivel : Segundo ciclo de Educación Secundaria.

  • ¿Qué son los paraísos fiscales? Indica países o territorios que crees que son paraísos fiscales.
  • ¿Por qué crees que existen?
  • ¿Crees que deberían desaparecer?

6.4.4 Aritmética Área : Matemáticas. Tipo : Individual Nivel : Segundo ciclo de Educación Secundaria.

  • Una persona recibe un salario mensual de 1.200 €, cobra intereses bancarios este año por 100 € y ha vendido también este año un garaje por 14.000 € que le había costado 12.000 €. Calcula la renta que computará en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas este año.
    • ¿Cuánto pagará como cuota estatal por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas sabiendo que:
      • Para rentas entre 1 y 17.707 euros, el tipo es el 12,75%.
      • Para rentas entre 17.707 y 33.007 euros, el tipo es el 16%.
      • Para rentas entre 33.007 y 53.407 euros, el tipo es el 21%
      • Para rentas entre 53.407 y 120.000 euros, el tipo es el 25,5%
      • Para rentas entre 120.000 y 175.000 euros, el tipo es el 27,5%
      • Para rentas entre 175.000 y 300.000 euros, el tipo es el 29,5%
      • Para rentas superiores a 300.000 euros, el tipo es el 30,5%
    • ¿Cuánto pagará por Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas una persona que gana 2.400 euros al mes, cobra intereses bancarios este año por 200 euros y ha vendido también este año dos garajes, cada uno por 14.000 euros, habiéndole costado cada uno 12.000 euros.
    • Extrae conclusiones de estos dos ejemplos en cuanto a la progresividad del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. ¿La segunda persona tiene el doble de renta que la primera? ¿Paga la segunda persona el doble que la primera por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas? ¿Paga más del doble? ¿Paga menos del doble?
    • De cada euro que ingresa el Estado el 47% se destina a la Seguridad Social, Sanidad y Promoción Social. Si a la Seguridad Social se dirige el 60% de esta partida, a Sanidad el 30% y a Promoción Social el 10%, ¿Qué porcentaje reparte el Estado por cada uno de estos conceptos?

6.4.5 Encuestando Área : Lengua. Tipo : Individual Nivel : Segundo ciclo de Educación Secundaria.

  • Pregunta a tus padres, a tus familiares, a tus conocidos, si recuerdan qué han pagado por impuestos este año (o el año anterior). Con los resultados de esa encuesta, haz un cuadro donde se reflejen las distintas situaciones personales y familiares de las personas que te han dado esta información y las distintas cantidades que han pagado por impuestos.
  • Pregunta a tus padres, a tus familiares, a tus conocidos, por todos los servicios públicos que han usado este año (o el año pasado). Con los resultados de esa encuesta, haz un cuadro donde pongas por apartados todos los servicios públicos utilizados por ellos.
  • Suponiendo que hayas hecho las dos encuestas (ésta y la anterior), puedes hacer otro cuadro, donde se reflejen las distintas situaciones personales y familiares de cada persona que te ha proporcionado la información, los servicios públicos que han utilizado y lo que recuerdan haber pagado por impuestos.

6.4.6 Producción de textos: reportaje sobre los servicios públicos Área : Lengua. Tipo : Individual Nivel : Segundo ciclo de Educación Secundaria.

Haz un artículo (por ejemplo con este título: «Los servicios públicos que usamos un día cualquiera») donde se reflejen varios servicios públicos que tú utilizas un día normal. Puedes pensar en lo que haces desde que te levantas hasta que te acuestas (por ejemplo, nada más levantarte, lo primero que haces es encender la luz y abrir un grifo, luego desayunas, tiras cosas a la basura, luego sales a la calle, después piensa en el colegio donde estudias, el parque donde vas con tus amigos, tu polideportivo, etc.). Haz un listado con todos ellos y pon al lado quién te los proporciona (Ayuntamiento, Comunidad autónoma, etc.)

6.4.7 La prensa y la investigación en el aula: Impuestos y fraude Área : Lengua. Tipo : Individual/grupal Nivel : Segundo ciclo de Educación Secundaria.

  • Busca en enciclopedias, en Internet o en hemerotecas personajes famosos que han sido condenados por fraude o evasión fiscal, por ejemplo el famoso mafioso Al Capone
  • Expón de forma concreta el juicio moral que merecen esos comportamientos
  • Busca en los periódicos una noticia sobre algún caso de fraude fiscal. Redacta una nota con los demás fraudes (civiles, mercantiles, laborales, etc.) a que ese fraude ha dado lugar.
  • Busca en los periódicos alguna noticia sobre algún caso de fraude a la Seguridad Social, de fraude en compra-venta de casas, etcétera. Redacta una nota con el fraude fiscal a que ha dado lugar.
  • Investiga en los periódicos noticias sobre redes de blanqueo de dinero y sobre paraísos fiscales. Haz una reseña de lo que hayas encontrado
  • Busca en los periódicos noticias sobre el mal uso de bienes públicos (tapar con pintura los carteles informativos, romper farolas de los parques, pintar sobre las marquesinas de los autobuses, quemar papeleras, llevarse los rótulos de las calles o las señales de tráfico, etcétera). Redacta una nota sobre los perjuicios que produce y el dinero que cuesta reponer estos elementos.
  • Elige uno de estos temas:
    • Escribe una historia sobre delincuentes famosos que han cometido delitos y que al final los han cogido por fraude fiscal (por ejemplo: Al Capone fue uno de ellos, pero hay más).
    • Escribe una historia sobre casos de ciudadanos particulares o de empresas que han engañado a la gente o a sus clientes o a sus accionistas. Cita los fraudes (laborales, mercantiles, fiscales.) que han tenido que hacer para que no les pillaran y cómo al final los descubrieron y los castigaron.

6.4.8 Producción de textos: los jóvenes también pagamos impuestos Área : Lengua. Tipo : Individual Nivel : Segundo ciclo de Educación Secundaria.

  • Haz un artículo (por ejemplo con este título: «Los jóvenes también pagamos impuestos») donde cuentes las cosas que te compras con tu paga y los impuestos que pagas en tu vida cotidiana sin darte cuenta (por ejemplo, cada vez que te compras una cosa, o vas al cine, o usas el transporte público, etc.).
  • Escribe una historia para ilustrar las ideas de la «justicia», «equidad» y «solidaridad» de los impuestos (puedes hacerlo como si fuera un cuento, o una noticia periodística, o una entrevista con algún gobernante de un país lejano que quiere cambiar las condiciones de vida de sus conciudadanos).
  • Escribe una carta a un señor que no paga los impuestos.
  • Pregunta entre tus amigos y conocidos qué opinan de los que no pagan sus impuestos. Redacta una nota como si fuera para tu periódico.

6.4.9 Dramatización social (Sociodrama) Área : Lengua. Tipo : Grupal Nivel : Segundo ciclo de Educación Secundaria.

  • Dramatización : La excursión de la clase de Pepa. Sobre el siguiente guión construid una representación dramática (sociodrama). Buscad las similitudes entre esta situación y la situación fiscal y entre estos papeles y los de las administraciones públicas y los de los contribuyentes.
    • En la clase de Pepa quieren hacer una excursión para conocer un Museo de Ciencias interactivo recién inaugurado en una ciudad que dista 50 Km. de aquélla donde viven. No tienen dinero para el autobús ni para la entrada del museo. Deciden reunir el dinero necesario de varias formas:
      • Cada uno aportará una parte de su paga;
      • Se organizará en el recreo un bar con palomitas y refrescos;
      • Se va a rifar un video-juego que trae un compañero castigado sin paga.
    • Esta decisión implica otras:
      • Hay que comprar las palomitas y refrescos;
      • Hay que hablar con un profesor para contratar el autobús;
      • Hay que nombrar un recaudador y depositario del dinero;
      • Hay que elegir unos encargados del bar;
      • Hay que elegir unos encargados de la rifa. Como todo se va complicando, se decide elegir un coordinador de todas las tareas. La clase vota y elige a Pepa para que coordine la excursión, comprometiéndose todos a respetar las decisiones de la clase y a cumplir los acuerdos necesarios para que la excursión se realice.
    • Reparto de papeles: Pepa. Recaudador y depositario. Encargado de compras. Encargados del bar. Encargado de la rifa. Enlace con el profesor para el autobús. Alumnos en general.
    • Posibles conductas dentro de los papeles: Alguien que no quiere decir cuánta paga le dan. Alguien que tiene mucha paga y no quiere participar en el bar, en la rifa, en nada, sólo quiere pagar y que se lo den todo hecho. Alguien que tiene mucha paga y quiere un autocar de lujo. Alguien que no tiene paga y cree que no tiene derecho a ir. Alguien que colabora en el bar y quiere cobrar por hacerlo. Alguien que colabora en la rifa y no quiere dar parte de paga porque ha vendido muchas papeletas. Alguien que se queda con la recaudación de un día del bar. Alguien que compra los refrescos más baratos pero dice que los ha comprado a precio normal. etcétera.
  • Dramatización : Viaje de estudios de Lucía. Sobre el siguiente guión construid una representación dramática (sociodrama). Buscar las similitudes entre esta situación y la situación fiscal y entre estos papeles y los de las administraciones públicas y los de los contribuyentes.
    • En la clase de Lucía van a hacer un viaje de estudios a un país de la Unión Europea. No tienen decidido a cuál. Tampoco tienen dinero y tienen que buscar financiación. El país al que irán estará en función de lo caras que sean allí las cosas y del dinero que consigan recaudar.
    • Lucía resulta elegida por la clase para ver presupuestos de viajes y para coordinar las actividades de recaudación. Hay quien quiere ir a Dinamarca a pesar de que sale más caro, y quien prefiere ir a Portugal porque resulta más barato; pero otros prefieren ir a Francia o a Italia, que están en un nivel intermedio, aunque lo que se ahorran por un lado lo tienen que pagar por otro porque hay que prever una cantidad elevada para entradas a museos.
    • Algunos sugieren que hay obras de arte interesantes que se pueden ver sin entrar en museos; pero ello implica una dedicación extra a preparar el viaje que alguien tiene que hacer (consultas a profesores, leer guías, etc.)
    • Otros sugieren optar entre la naturaleza viva y el arte, por entender que las visitas a los parques naturales son más baratas que los museos.
    • Otros sugieren dedicar los esfuerzos a buscar y recaudar dinero para poder ir donde se quiera.
    • Otros sugieren hacer un viaje más simple (para no tener que dedicarse a prepararlo) y más barato (para no tener que buscar financiación).
    • Otros opinan que hay que ir donde quiera y pueda pagar la mayoría y que el que no pueda que no vaya.
  • Dramatización : Diego y el trabajo en grupo. Sobre el siguiente guión construid una representación dramática (sociodrama). Buscar las similitudes entre esta situación y la situación fiscal y entre estos papeles y los de las administraciones públicas y los de los contribuyentes.
    • En clase de Diego hay que hacer un trabajo colectivo. Se forma un grupo de seis alumnos. Se reparten las tareas.
    • Hay uno que hace su parte muy mal.
    • Hay otro que directamente no hace su parte.
    • Para poder presentarlo, los otros cuatro tienen que ponerse de prisa y corriendo a reformar lo que está mal y a hacer la tarea que falta. Pero tienen otras materias y otros trabajos que no quieren descuidar para atender éste.
    • Diego, que se ha organizado mejor, tiene que darse la paliza para terminarlo.
    • Al final, se consigue presentar el trabajo y el profesor lo califica con la misma nota para los seis. Reparto de papeles, búsqueda del paralelismo con situaciones fiscales.
  • Dramatización : Reunión de vecinos en casa de Antonio. Sobre el siguiente guión construid una representación dramática (sociodrama). Buscar las similitudes entre esta situación y la situación fiscal y entre estos papeles y los de las administraciones públicas y los de los contribuyentes.
    • Discusión por la cuota de la comunidad. Hay gente que opina que se paga demasiado. Otra dice que habría que hacer ciertas obras y que habría que pagar más.
    • Gente que no está de acuerdo con la ley (cuota en función de lo grande que es su piso) y se queja de que los pisos pequeños pagan menos cuando usan las cosas igual.
    • Gente que quiere poner piscina, cuadros y sofás en el portal, cuando otros quieren arreglar el ascensor, las tuberías y el tejado.
    • Gente que no quiere pagar el ascensor o las goteras porque vive en el primero.
    • Gente que no quiere arreglar el garaje porque no tiene coche, etc.
    • Gente que no va a las reuniones y no se entera de nada pero que luego critica los acuerdos adoptados.
    • Uno que no quiere ser presidente de la comunidad porque es un rollo, etc.

6.4.10 Dilemas morales Área : Interdisciplinar. Ética. Tutoría. Educación en valores. Tipo : Grupal Nivel : Segundo ciclo de Educación Secundaria.

  • Alicia y su beca (elusión), Los padres de Alicia van a pedir una beca de estudios para ella. Como los ingresos de los padres de Alicia son mayores que el límite para conceder la beca, ellos presentan una declaración de renta incompleta -que luego han corregido con otra que acompaña a la anterior ante Hacienda, pagando los impuestos que realmente les corresponden- y así consiguen la beca de Alicia. Sólo hay becas para 1.000 niños. A Juan cuyos padres ganan menos que los de Alicia, no se la han concedido. ¿A Alicia le parecerá bien utilizar este procedimiento? ¿Qué deberían haber hecho los padres de Alicia? ¿Cómo explicará Alicia a Juan que ella tiene beca y él no, sabiendo éste que los padres de Alicia tienen más ingresos que los suyos? ¿Alicia puede pensar que tiene derecho a una beca porque sus padres pagan impuestos para que existan esos beneficios sociales?
  • Ana y la declaración de la renta de sus padres (evasión), Los padres de Ana están haciendo su declaración de la renta. Discuten si incluir o no entre sus ingresos el alquiler de un piso que tienen en la costa o, si por el contrario, no lo incluyen y gastan el dinero que se ahorran por ese concepto impositivo en un viaje a Eurodisney que ella quiere hacer ¿Qué debe decirles Ana a sus padres? ¿Debe insistir en ir a Eurodisney? ¿Qué diría Ana si en vez de ir a Eurodisney ese dinero lo fueran a gastar en una lavadora? ¿Qué diría si en vez de ir a Eurodisney ese dinero fuera para invitar a unos amigos a cenar? ¿Cómo explicará Ana a sus amigos que puede ir a Eurodisney con el dinero de los impuestos?
  • Juan y el arreglo de la cocina de su casa (fraude en IVA), En casa de Juan van a arreglar la cocina. Los fontaneros y los albañiles dicen a sus padres que si no les dan factura, no tienen que pagar el IVA. Los padres de Juan se lo piensan, porque con ese dinero del IVA se pueden comprar algún mueble más. Pero, por otro lado, saben que está mal hacerlo. Además, piensan que si los fontaneros y los albañiles no hacen lo que han dicho, o lo hacen mal, como no tienen factura, no podrían reclamar ¿Qué diría Juan a sus padres?
See also:  Que Significa Pago Diferido?

¿Cuál es la finalidad de la tributación?

Introducción Para hablar de la interacción de la Tributación con otras áreas del conocimiento, especialmente la Contabilidad Financiera, primero debe aclararse el alcance del enunciado Tributación. Según Bastidas (2017 ), existe una diferencia fundamental entre la Tributación y la Fiscalidad en lo que a su radio de acción disciplinal se refiere.

  • Este autor sostiene que a pesar de que en el lenguaje cotidiano estos enunciados pueden ser utilizados indistintamente, la Política Fiscal (Fiscalidad).
  • Es una disciplina de la política económica centrada en la gestión de los recursos de un Estado y su correspondiente administración.
  • La Política Fiscal configura el presupuesto del Estado, sus componentes, el tipo de gasto y los tributos.

Por su parte, la Tributación representa el factor de equilibrio para el presupuesto de una nación puesto que genera el ingreso ordinario para sufragar el gasto en el correspondiente periodo económico-fiscal. La interacción de estas categorías permite configurar la estabilidad económica de un país ( Fraga, 2013 ).

  • De esta forma, la Tributación es el sistema por el cual el Estado a través de los órganos de gobierno extrae el dinero de sus administrados para coadyuvar con las cargas públicas.
  • La Tributación es el sistema en el que atendiendo a una Política Fiscal determinada (expansiva, contractiva o neutra) se diseñan los cargos pecuniarios sobre las rentas, las mercancías, las propiedades, el patrimonio o los servicios y los correspondientes procedimientos para su exacción.

La Tributación tiene por objeto recaudar los fondos que el Estado necesita para su funcionamiento. La Tributación es una función de la fiscalidad. Al igual que en muchas otras áreas de las ciencias sociales, la Tributación debe analizarse bajo un marco interdisciplinario o multidisciplinario, pues como se evidencia, su origen se deriva de otra disciplina.

Al analizarla se debe considerar que no solo interactúa de forma constante con la fiscalidad sino a su vez se comunica con otras disciplinas como por ejemplo con la Sociología, la Economía y la Contabilidad Financiera. Con esta última, mantiene una relación simbiótica ( International Standard Accouting Board, 2010 ).

Contabilidad Financiera y Tributación están íntimamente relacionadas, de hecho, si se acepta que la contabilidad es interdisciplinaria desde sus inicios como lo proponen Lowe & Tinker (1977 ), es quizás, en esta relación con el tributo en el campo de la práctica contable, en donde se hace más evidente.

Ambos conocimientos, deben atender los mismos problemas y consensuar tratamientos en la práctica profesional pues su interacción es casi diaria. Ambas disciplinas hacen un esfuerzo indagatorio y convergente para obtener cuotas de saber acerca de un determinado objeto. En este sentido, existen hechos económicos que surgen de los intercambios comerciales que deben ser reconocidos simultáneamente por la Tributación y la Contabilidad Financiera; como por ejemplo, el cálculo del Impuesto Diferido.

El Impuesto Diferido es una muestra del carácter interdisciplinario entre la Contabilidad Financiera y la Tributación dado que se necesitan bases financieras y bases tributarias para la determinación del tratamiento contable del gasto por impuesto sobre la renta.

  1. El Impuesto Diferido es el impuesto (activo o pasivo) que se difiere en el tiempo producto de las diferencias en términos temporales del reconocimiento del impuesto sobre la renta desde el punto de vista tributario, y desde la óptica financiera.
  2. Al respecto, la Norma Internacional de Contabilidad 12 (2016), que regula la contabilización del Impuesto a las Ganancias, establece que los impuestos diferidos se generan al comparar las bases financieras con las bases fiscales de los activos y los pasivos, más aquellos impuestos diferidos que están relacionados con los créditos fiscales a ser utilizados en el futuro.

En la aplicación de esta norma se genera explícitamente una diferenciación entre el «gasto de impuesto sobre la renta del periodo y el impuesto sobre la renta a pagar» ( Llobet 2014, p.3) y que las normas tributarias no contemplan, dado que para la norma impositiva venezolana (2014) (incluso la mayoría de las normas tributarias latinoamericanas) el gasto de impuesto sobre la renta es igual al impuesto por pagar al Tesoro Nacional», lo cual es un error conceptual, al menos desde la perspectiva de la definición financiera del gasto.

  1. Para la cuantificación del Impuesto Diferido se necesitan la interacción de estas dos disciplinas, la Contabilidad Financiera (bases financieras) y la Tributación (bases tributarias).
  2. De igual forma, la Tributación y el Derecho también están íntimamente ligados.
  3. Nullum tributum sine lege es el aforismo latino que indica que ningún tributo puede cobrarse sin estar expresamente tipificado en un cuerpo normativo.

La Tributación tiene por objeto recaudar los fondos que el Estado necesita para su funcionamiento y, el Derecho Tributario, como una rama del Derecho de la Hacienda Pública, con plena autonomía científica y de derecho positivo, se encarga de regular la creación y aplicación de los tributos que proveerán esos fondos, además de regular las relaciones jurídicas entre contribuyentes y Estado.

Así, el Derecho Tributario otorgará el lenguaje necesario para la configuración de las obligaciones producto de las relaciones jurídico-tributarias, es decir, a los fines tanto de la creación como de la aplicación de los tributos, la Tributación necesita del Derecho como vaso comunicante entre el proceso de estudio y decisión sobre «cual riqueza será gravada, en cuales circunstancias, en cual proporción, en cual momento» ( Santos, 2012, p.35), quienes pagarían el gravamen sobre esa manifestación de riqueza, quienes no y las consecuencias de la comisión de una conducta que atente contra los fines de la Tributación.

También destaca la relación de la Tributación con la Política y la Sociología. Detrás de toda acción política hay una ideología o intencionalidad subyacente que permite al colectivo que la acciona permear su forma de ver el mundo hacia la sociedad a la cual está dirigida la política pública.

  • Esas acciones producirán distintos fenómenos que determinarán las relaciones entre las distintas entidades que cohabitan en una sociedad.
  • La Tributación no está exenta de esos procesos, pues dependiendo de la visión de Estado establecida en el pacto social y las intenciones e ideologías que tengan los grupos de poder de turno, estará moldeado el sistema tributario de una nación y, con base en ese sistema, existirá un comportamiento colectivo en las entidades lucrativas; todo dentro de un contexto histórico-cultural en el que se encuentran inmersas.

Estas visiones orientarían sobre la escogencia entre impuestos al consumo, al patrimonio, al consumo selectivo, a la renta, a la actividad económica, las preferencias arancelarias, el tipo de incentivo fiscal, gravámenes progresivos o regresivos, entre otros ( American Accounting Asociación, 1966 ).

Es común observar que los representantes del Poder Ejecutivo a nivel federal y municipal, se debaten en como «diseñar un sistema tributario que mantenga una relación equilibrada entre el nivel de ingresos recaudados, que en términos absolutos, es la máxima expresión de capacidad contributiva (no capacidad real contributiva – esta tiene otras categorías) de los contribuyentes y, las cargas tributarias de estos» ( Bastidas, 2017 p.67), es decir, aparece la paradoja de cómo obtener ingresos tributarios sin afectar la gobernanza, el aparato productivo, la capacidad real de contribución con las cargas públicas e incluso los niveles de percepción positiva del gobernante de turno.

Conseguir ese equilibro es toda una gesta. Estas múltiples interacciones citadas, las cuales se producen en contextos y condiciones distintas, darían cuenta de lo que Bastidas (2017 ), «carácter multimendimensional del tributo «, lo cual acarrea algunas consecuencias para la Tributación las cuales se citarán a continuación.

  1. Estas consecuencias fueron derivadas de la experiencia del investigador dentro del contexto tributario y contable y de la revisión bibliográfica.
  2. Desarrollo En cuanto a la metodología usada para la revisión bibliográfica se procedió a revisar sistemáticamente una serie de documentos de sociedades científicas dedicadas a la investigación en el área contable y tributaria, así como la posición de la doctrina sobre la incidencia que tienen los principios contables en el ejercicio profesional tributario y viceversa.

Se incluyó literatura y, mediante búsqueda manual, se intentó hallar la posible existencia de discursos interdisciplinarios entre Tributación y Contabilidad Financiera que permitan visualizar la forma en que se comunican estas disciplinas. En cuanto a la estrategia de búsqueda se procedió a revisar en revistas científicas (Accounting, Organizations and Society, American Accounting, The Accounting View, Actualidad Contable, Vision Contable, etc.) y en bibliotecas digitales tales como Redalcyt, Scielo, Dialnet, Saberula entre otras, de artículos científicos relacionados con el área objeto de estudio.

  • Esta búsqueda se hizo tanto en español, como en inglés, italiano y portugués, sin límite de fecha.
  • Se analizaron además las referencias bibliográficas de los artículos seleccionados en inglés con el fin de determinar estudios potencialmente incluibles para la presente revisión.
  • En la búsqueda de literatura gris se incluyó además documentos como sentencias en original, leyes tributarias y constituciones de algunos países de Latinoamérica.

Respecto a las revisiones de los estudios científicos, el criterio de inclusión que se usó fue el que los estudios incluyeran posiciones sobre las prácticas disciplinales derivadas de un marco de referencia (constituciones, leyes, NIIF) y sobre las visiones que tienen los autores sobre las nuevas tendencias en investigación tributaria.

Para proceder a la selección se revisaron los títulos, los resúmenes y las conclusiones para decidir si era necesario leer los argumentos esgrimidos en los artículos que suministrarán aportes importantes a la presente investigación. Sin embargo, es de destacar que en esta investigación se privilegia el accionar del propio investigador y el contexto tributario en el cual se desenvuelve, planteando críticas, vacíos y nuevas formas de visualizar la disciplina tributaria dado que la postura del investigador es crítico interpretativa.

En la tabla 1 se presenta el formato de registro de observación documental utilizado para la realización del presente estudio. En este se detalla el propósito general del estudio las consecuencias, las categorías a documentar y las observaciones que hiciere el investigador sobre el tópico investigado. Aunque no siempre sea posible engranar esfuerzos y colaboraciones investigativas tan complejas y extensas para realizar estudios interdisciplinarios, en los ambientes de producción discursiva en donde se concibe, tanto la política fiscal, como el diseño de los procesos que orientarán la forma en cómo la Tributación coadyuvará a la ejecución de esa política en una determinada jurisdicción, se podrían consensuar esfuerzos intelectuales entre los expertos de las diversas disciplinas que participan en ese proceso, a saber Economía, Tributación, Política, Sociología, Derecho y Contabilidad Financiera.

  • Señala Lymer, et al.
  • 1999), que la investigación existente en Tributación tiende a ser conducida y escrita por disciplinas como el Derecho, Economía y Contabilidad.
  • Pero, otros enfoques liderados por los académicos de las ciencias políticas y la política social son mas «distintivos e influyentes en debates sobre políticas y prácticas fiscales y representan tradiciones que han ayudado a moldear y refinar nuestro pensamiento conceptual sobre el impuesto más que las primeras tres disciplinas» (pág.5) lo que sugiere que las investigaciones interdisciplinarias no han permeado a todo el espectro del colectivo científico y económico.

Como respuesta a este hecho, Lamb (2005), plantea un enfoque interdisciplinario en investigación tributaria, el cual implicaría:

El reconocimiento del objeto interdisciplinario de investigación, El reconocimiento de las conexiones de la disciplina madre con las demás disciplinas Determinar las formas y diferencia de registro (por registro Lamb entiende el discurso o la manera en la que se entiende la información, se discuten los argumentos y las referencias comunes La adopción de métodos de investigación que se extraen de la manera en como las disciplinas utilizan sus propios métodos y que estén bien desarrollados

Este enfoque investigativo que Lamb (2005), plantea, se refleja parcialmente en la forma en cómo Arnold (1990 ), propone el proceso de diseño de la política fiscal de un país. Tanto en las fases de elaboración de las políticas y análisis técnico, como en la etapa de redacción reglamentaria, Arnold (1990), sostiene que deben participar «de forma mancomunada y, en un mismo equipo de trabajo, tanto los expertos en contabilidad y derecho tributario como los economistas»,

  1. P.2) dado que es el método adecuado para evitar contradicciones conceptuales y operativas que afecten la viabilidad de la política económica aplicada.
  2. En efecto, en los Estados Unidos la formulación de políticas tributarias para el Poder Ejecutivo es responsabilidad del Subsecretario de Política Tributaria, que cuenta con abogados, economistas y contadores en vista de las múltiples dimensiones del tributo.

Así, si extrapoláramos el enfoque de Lamb (2005), a estos procesos, daríamos cuenta de que el reconocimiento del objeto interdisciplinario de investigación es la formulación de políticas tributarias en un ámbito temporal determinado (generalmente al principio de cada mandato del Poder Ejecutivo).

En cuanto al reconocimiento de las conexiones de la disciplina «Tributación» con las demás disciplinas, tendríamos que tanto los efectos económicos de las diferentes políticas tributarias propuestas, como sus posibles consecuencias en el nivel de ingreso, podrán ser determinados por los economistas.

Los expertos en Derecho Tributario, Derecho Público, Derecho Financiero y Derecho Administrativo deben preparar el diseño de las normas propuestas y la armonización con el resto del sistema jurídico, es decir, producirán el lenguaje legislativo real.

Los especialistas en comercio exterior y aduanas deberán proveer el conocimiento de las normas tributarias y mercantiles de los diferentes países para que las normas propias entren en consonancia con ese corpus normativo (convenios, contratos, tratados de doble imposición, proyectos de inversión, entre otros).

En tanto, los especialistas en ciencias políticas estudiarán las consecuencias del ejercicio del poder tributario en el colectivo, es decir, en los contribuyentes. Por su parte, los contadores públicos deberían advertir sobre la compatibilidad de las normas tributarias propuestas con las normas, métodos y principios contables generalmente aceptados, además de analizar el impacto de la carga tributaria en la rentabilidad de los entes económicos puesto que proporcionan evidencia empírica muy necesaria y pertinente con respecto al comportamiento corporativo real.

  • También los miembros de las administraciones tributarias podrían participar evaluando los problemas que se suscitarían en los procesos de liquidación y determinación del quatum de la obligación tributaria.
  • Este esfuerzo interdisciplinario en materia tributaria que se dio en los EEUU posiblemente obedece a la necesidad de establecer conexiones entre las diferentes dimensiones en la que actúa la Tributación (Finanzas, Economía, Derecho, Contabilidad, Política), y a «una visión emergente, por parte de los investigadores, en abordar de forma colaborativa los complejos problemas del mundo moderno para aprovechar los conocimientos, aptitudes y técnicas de otras disciplinas» ( Starkey & Madan, 2001, p.18).

Probablemente, la necesidad de producir resultados diferentes en materia tributaria ha obligado a hacer un esfuerzo colaborativo interdisciplinar puesto que de forma individual existían fenómenos que no eran percibidos ni explicados por esta disciplina.

Esto pudiera ser atribuible al enfoque unidisciplinario con que se ha abordado tradicionalmente el tributo (Lamb, 2005, p.117). En el apartado tres del enfoque investigativo de Lamb, el cual plantea la determinación e interpretación de los » registros » de cada disciplina, podría incorporarse la conciencia crítica de las experiencias interdisciplinarias.

Al respecto, Viloria (2013 ), sostiene que Habermas (1989), se constituye en una de las figuras claves de esta postura crítica dado que «la acción comunicativa propuesta por él defiende la comunicación lingüística desde la interpretación, pero, ésta última, contextualizada y entrelazada con normas, valores, objetos y vivencias intencionales para «negociar» conceptos compartidos con todos».

P.46). En este punto, las interpretaciones de la realidad, moldeadas por los discursos de cada disciplina, pueden estar controladas por grupos de interés, con sus propios objetivos, a través de una ideología específica. Es decir, para que la investigación interdisciplinaria tenga sentido se debe identificar «las ideologías y otros mecanismos de dominación para una comprensión mucho más acertada de la realidad».

(Habermas, 1989, p.47) Del mismo modo, podría analizarse la forma en cómo se construye la realidad social para explicar como el modelo de la regulación contable internacional, las leyes tributarias y los entes que las promueven, los órganos del Poder Ejecutivo, entre otros, tienen efectos en la construcción social de la realidad tributaria como «consecuencia de los hechos institucionales que son creados a través de intencionalidades colectivas» ( Pacheco, 2014, p.78) pero que conservan su estatus óntico a pesar de no ser hechos naturales.

Se puede partir del supuesto del realismo externo que establece que las «cosas existen independientemente de las representaciones que los observadores realicen de este » ( Searle, 1997 ). Ejemplo, las transacciones entre entidades económicas (realidad económica) existen independientemente de cómo sean reconocidas por la Tributación y por la Contabilidad Financiera, es decir, la realidad social puede tener subniveles tal como lo afirma Lee (2006 ), al explicar que «la realidad económica es un subconjunto de una realidad social más amplia construido por los seres humanos, y distinta de la realidad física basada en las leyes naturales e independientes de los seres humanos la realidad social es subjetiva y depende de la observación humana, el consenso y la comunicación de su existencia».

(p.27) A través de esta afirmación, Lee (2006 ), reconoce que la contabilidad es una actividad humana y que tiene «como objetivo representar los hechos institucionales acerca de la actividad económica, lo que implica intencionalidad colectiva acerca de su función social» ( Pacheco 2014, p.19).

Este hecho debe ser considerado por los investigadores en tributación y dan muestra del carácter multidimensional del tributo y la necesidad de abordar enfoques multidisciplinarios para su estudio y, obliga a la existencia de discursos interdisciplinarios y multidisciplinarios que faciliten la comunicación disciplinal y hagan la investigación más efectiva y menos velada.

La polisemia presente en los discursos siempre ha sido un problema para la investigación en las ciencias sociales. Las consecuencias en cada disciplina dependerán de la forma en que las instituciones decidan lo que es real y lo que no es y, este hecho, debe tomarse en cuenta para fines investigativos puesto que el conocimiento que allí se produzca influenciado «por las relaciones de poder y, por tanto los hechos, no pueden ser separados de los valores y de la ideología que permean las relaciones de los sujetos» ( Viloria 2013, p.47) dada las características colectivas de la Tributación y su vinculación con el ejercicio de la función pública.

Por otro lado, Hanlon, et al. (2009), sostienen que los estudios en las áreas tributarias pueden ser de difícil ejecución no sólo porque se tiene que seguir la secuencia de cambios en los discursos tributarios, contables, financieros, legales y económicos (a través de distintas instituciones, agencias gubernamentales, círculos de política, académicos, gremios), «sino también porque las diferentes disciplinas usan a menudo idiomas distintos y tienen diferentes perspectivas».

(p.2) Así, por ejemplo, en las Finanzas los tributos «son vistos como una imperfección del mercado» ( Hanlon, et al., 2009, p.2), los economistas generalmente se centran en la incidencia del impuesto en la inversión, su retorno y el crecimiento económico.

La Contabilidad Financiera lo ve como insumo para la determinación de los resultados económicos o para la valoración de un activo, mas no así los contadores en ejercicio profesional en Venezuela quienes lo ven como una prioridad disciplinal a los efectos del registro, cuantificación y presentación de las transacciones; motivado posiblemente a la acción punitiva excesiva del Estado.

Lymer (1999), señala que las Ciencias Políticas abordan a la Tributación como un instrumento para la satisfacción de las necesidades colectivas y, en el Derecho, específicamente el tributario, son analizados como un objeto jurídico sobre el cual se debe procurar el mantenimiento de la relación sinalagmática entre el Estado y sus administrados.

  1. Gráficamente se visualiza a continuación: Esta multidimensionalidad de la Tributación genera consecuencias tanto en el campo disciplinal como en el área de la investigación contable y tributaria puesto que la obliga a tener vasos comunicantes con el resto de las disciplinas con las que interactúa.
  2. La Tributación depende de otras disciplinas para abordar sus objetos de estudios y, en nuestra opinión, existen muchos problemas que no pueden ser abordados fácilmente desde los confines de esa disciplina, por ello, se requiere de los esfuerzos concertados de distintos especialistas para poder alcanzar soluciones mancomunadas, partiendo de criterios posiblemente encontrados.

( Figura 1 ) Fig.1 Multidimensionalidad del Tributo. Cabe destacar que desde la disciplina tributaria no se pueden emerger explicaciones sobre algunas aplicaciones cotidianas con las cuales tiene que lidiar. Tal es el caso, por ejemplo, del problema de la temporalidad entre la realización contable y la configuración de la obligación la tributaria.

  1. Las transacciones y eventos económicos deben reconocerse oportunamente en el momento en que ocurran y registrarse en la contabilidad cuando las normas contables específicas estipulen el momento del registro.
  2. En este sentido, una transacción que de origen a un ingreso en una entidad puede ser registrado contablemente en un momento distinto al que se considere a los fines tributarios.

Por ejemplo, contablemente un ingreso debe ser reconocido si cumple con los cinco criterios o condiciones que describe el párrafo 14 de la NIC 18 (IASB, 2015), entre las que destaca, la transferencia total de los riesgos y ventajas sobre el bien enajenado, pero para los fines tributarios, la causación del impuesto al consumo en Venezuela (y en la mayoría de países latinoamericanos), dependerá fundamentalmente del momento de la facturación o abono en cuenta.

La aplicación de un sistema contable basado en ambiente NIIF, origina que «los momentos en que se configuran los hechos imponibles que dan origen a las obligaciones tributarias, no solo de carácter municipal sino a nivel de rentas nacionales, pueden variar de los momentos en que un ingreso se considere devengado» ( Bastidas, 2017, p.5) y, por lo tanto, reconocido y registrado desde la perspectiva contable, lo que traería consecuencias directas en el campo disciplinal ya que pueden existir ingresos gravables a los fines fiscales que no tengan un correlato en la Contabilidad Financiera, es decir, que aun no existan para la Contabilidad Financiera.

¿Será esto racional? Esto puede deberse a que la doctrina tributaria no ha hecho énfasis en la incorporación de elementos cuantitativos y de tipo temporal en los principios tributarios constitucionales que a posteriori regularán el corpus normativo en materia impositiva.

Así, podemos observar que en algunas constituciones latinoamericanas se toman en cuenta los principios de igualdad ante la ley, de la no retroactividad, de la generalidad del tributo, de la no confiscatoriedad, de la capacidad contributiva, pero no observamos un principio de temporalidad del tributo que oriente sobre las bases que debe tener en cuenta la Tributación para considerar el momento oportuno en que deba ser gravada una manifestación de riqueza.

Este aspecto si lo considera la contabilidad. Incluso, el estudio del comportamiento organizacional de las instituciones públicas, específicamente los entes recaudadores (quienes realizan los procedimientos de exacción del tributo), podría hacerse desde una óptica interdisciplinaria.

En este sentido, Bastidas (2017 ), sostiene que el funcionamiento interno de las administraciones tributarias no solo está determinadas por el entorno organizacional, el corpus normativo o por las organizaciones que les dan cobijo, están moldeadas por los discursos puesto que «todo discurso bien sea oral o escrito pretende generar una acción por parte de los miembros de una determinada organización tributaria»,

(p.12) al estar cargados de intencionalidades subyacentes que moldean los hechos sociales que ocurren en una realidad social determinada. Para el análisis del funcionamiento interno de estas instituciones, este autor intenta integrar a la sociología de las organizaciones con el análisis crítico del discurso afirmado que los discursos en las organizaciones públicas no se limitan a producir meros enunciados o definiciones sin conexión, por el contario, estos deben «pretender modificar el conocimiento y, eventualmente, el comportamiento» (Machado 2016, p.51) de los interlocutores (lectores o usuarios del discurso), concluyendo que los discursos legales que inciden en las relaciones organizacionales son de carácter público y hacen que cada usuario tenga libre acceso a los mismos.

Esta cualidad pública de este tipo de discurso pudiera hacer que la relación entre las partes de la estructura organizativa sea más indirecta, velada y menos propensa a ser supervisada, pues cada estructura pudiera tomar sus propias decisiones con relación al uso que se haga del texto legal, con el argumento de que sus disposiciones son de obligatorio cumplimiento mas allá de las posturas o mandatos de otras unidades o departamentos.

El discurso público en las administraciones tributarias es un discurso colectivo que hace que las unidades administrativas puedan tomar sus propias decisiones, incluso de forma inconsulta. Como se evidencia, la complejidad y la interconexión de los problemas tributarios con otras áreas de los saberes, justificarían el uso de instrumentos, métodos y herramientas de todas las disciplinas para hacer frente a las necesidades dictadas por el problema específico en estudio.

  • Incluso Salter & Hearn (1996 ), afirman la existencia de una «interdisciplinariedad conceptual» dependiente de las disciplinas interactuantes con la finalidad de teorizar sobre los fenómenos del entorno.
  • En las disciplinas circundantes a la Tributación este carácter interdisciplinario ha estado presente en la construcción de saberes.

Sin embargo, en el campo investigativo contable Hanlon & Heitzman (2010), sostienen que los investigadores de contabilidad «están demasiado ausentes del debate sobre Tributación» (p.1) lo que sugeriría la ausencia de la interdisciplinariedad contabilidad – tributo como corriente investigativa en la construcción del conocimiento contable.

Empero, esto no se evidencia en la Tributación dado que los investigadores en las aéreas tributarias han dado cuenta de las consecuencias que tiene para la Tributación, las prácticas y postulados contables, tales como Gordon (1995); Gibbons (1994); Thuronyi (2004); (2004 ); James (2009 ); Shelvi (2009); Clemos (2009); Hanlon (2010); Heitzman (2010); entre otros.

No obstante, también es de destacar las apreciaciones de Hearn (1996), secundado por Lamb (2005), en el que a pesar de la existencia de una gama importantes de investigadores tributarios aun la comunidad científica no la percibe como una «disciplina académica», es decir, comunidades o gremios reconocibles de académicos que desarrollen convenciones que gobiernen la investigación.

He aquí el terreno fértil para desarrollar una metodología interdisciplinaria efectiva para la investigación en Tributación. Lo descrito puede ser imputable a diversas razones, pero, en nuestro criterio el conocimiento contable se ha insertado dentro de la filosofía positivista convirtiéndose en una disciplina determinista, mecanicista, cuantitativa, formalista, ignorando todo lo subjetivo, lo afectivo, las relaciones sociales, lo inmanente en los fenómenos estudiados.

Tanto así, que la explicación o el origen del hecho económico no le interesa a la Contabilidad Financiera, sólo hace énfasis en los procesos de representación de esa realidad, «llegando incluso a representar la nada» ( Macintosh, 1997 ). Aun bajo ambiente NIIF, si una transacción no se puede cuantificar fiablemente no se podrá registrar.

En este sentido, Rojas (2009), afirma que las cifras, producto de las ecuaciones contables, «han dejado de responder a las exigencias de la sociedad, dado que estos equilibrios matemáticos no representan la situación de las entidades en su contexto ni logran ubicar a la ciencia contable dentro del sistema económico y social imperante en un momento determinado» (p.13).

Tan anclada estuvo la contabilidad en el paradigma dominante que una entidad económica puede arrojar saldo negativo en su cuenta capital, y aun así, la ecuación patrimonial puede estar en perfecto equilibrio, lo que daría cuenta de que en el ejercicio profesional no hay una preocupación por la afectaciones a los postulados fundantes de su disciplina, ya que, es muy común observar esto en los balances de las entidades económicas.

Ningún representante del gremio, al menos en Venezuela, ha hecho referencia crítica a este hecho. Esta situación obliga a establecer códigos intradisciplinales que permitan a las disciplinas tener congruencia en la comunicación que haya entre su esfera práctica y la investigativa para poder facilitar su aporte a la interdisciplinariedad.

Esta posición es reiterada por Laughlin (2011 ), quien concluye que esta separación es «consecuencia de que en contabilidad la vinculación investigación académica, política (entendida como el proceso normativo) y el ejercicio profesional se dividieron y no existe comunicación; son mundos separados».

P.45) Este distanciamiento puede deberse a los intereses subyacentes de los actores sociales en cuestión, en virtud de que en los procesos de estandarización contable se evidencia la protección al interés del inversionista o acreedor (aunque en su declaración de políticas se afirma que es la protección del interés público) y en los profesionales se observa la preferencia por la inmediatez, el quehacer diario y rutinario, el registro del hecho o transacción.

La Contabilidad Financiera debe considerar el carácter multidimensional de la Tributación en los ámbitos investigativos y de producción discursiva. Es obvio que esto enriquecería el código lingüístico de ambas ciencias y universaliza y globaliza el léxico científico.

  • La investigación contable – tributaria, desde esta perspectiva, tiene mucho camino que recorrer y puede devenir en una alternativa adecuada para el tratamiento de la Contabilidad Financiera como ciencia social.
  • Aunque es importante resaltar, que no es recomendable que, en función de la innovación en la exploración de estos caminos, se «tenga la tentación de «mezclar» conceptos y métodos contradictorios, pues, en lugar de lograr el reconocimiento de la comunidad científica se puede, por el contrario, retroceder en este camino» ( Viloria, 2013, p.49) sino llegar consensos a partir de las creencias compartidas que permitan construir discursos interdisciplinarios.

Visto lo argumentado, la «interdisciplinariedad», como forma de llevar a cabo una investigación en materia tributaria, pudiera ser vista como una oportunidad para explorar de manera diferentes los aspectos prácticos de esta disciplina sin verla como una actividad de servicio técnica y racional en vista de que, como afirma Searle (1997 ), se «explorarían en un determinado contexto los aspectos sociales y prácticos» (p.88) de esta rama de los saberes, abordando las prácticas como un fenómeno más de la realidad social, con el fin de comprender su incidencia en la interacción humana, prestando mucha atención a los conceptos, al lenguaje y a las maneras de pensar sobre un problema, incluso si se difiere levemente entre sí.

  1. Por otro lado, es importante destacar que en la relación disciplinal de la Tributación con la Contabilidad Financiera existe un concepto fundamental que debe ser analizado y este es la temporalidad.
  2. El Tributo es ex post y la Contabilidad Financiera ex ante (predictiva).
  3. En términos temporales, la rentabilidad ex-ante puede ser definida como el rendimiento esperado de una cartera de valores y la rentabilidad ex post como el rendimiento generado por esa cartera, es decir, el retorno de la inversión.

En términos evaluativos la evaluación ex post es el examen de los resultados reales de una acción concreta o de una serie de acciones, en contraposición a la evaluación ex ante, que es la previsión de resultados calculados con antelación. En términos contables, a la Contabilidad Financiera le interesa en mayor grado la información prospectiva que la información histórica dado que hace énfasis en el flujo de recursos para la medición posterior de la información financiera más que en la información histórica, es decir, le interesa la información ex ante,

En gran medida, los informes financieros que produce la Contabilidad Financiera se basan en estimaciones, juicios sobre eventos del futuro y modelos en lugar de representaciones exactas, de allí su carácter prospectivo. Estos conceptos también tienen una aplicación en las ciencias jurídicas. En el Derecho, ex ante hace referencia a la actuación del legislador para evitar un hecho punible futuro.

Por su parte, el ex post se refiere al momento posterior respecto de un acto o hecho jurídico. La Tributación necesita de la configuración de un hecho jurídico para que, a partir de supuestos de hecho acaecidos, se configure el origen de las obligaciones tributarias materiales y formales, ergo, la Tributación es ex post ; es histórica por definición.

Esta tensión se puede visualizar en las ventas con cobro diferido. En una venta en la que se produce un ingreso cuyo pago se difiere en el tiempo y se esté en presencia de un acuerdo que constituya una transacción financiera, la Contabilidad Financiera (IASB PYME 2015) exige que la medición del ingreso deba hacerse en atención al valor presente de todos los cobros futuros, incluida la tasa de interés implícita.

En otras palabras, si una entidad enajena un bien con la condición de que el comprador lo cancele a plazos y el acuerdo no incluye intereses, la entidad deberá reconocer además del ingreso por la venta, un ingreso por intereses derivado de una transacción de financiamiento que está tácita (interés implícito).

  1. De forma resumida, la primera consideración para registrar contablemente la transacción está orientada a determinar la tasa de interés implícita en la operación.
  2. En consecuencia, luego debe determinarse el valor presente de la contraprestación a recibir, monto por el que se reconocerá el ingreso proveniente de la venta ( ex ante ), difiriendo el reconocimiento del ingreso por intereses hasta que efectivamente se haya realizado.
See also:  Que Pasa Si No Pago El Numerito Del Coche?

Sin embargo, para efectos del IVA, el artículo 13 de la Ley local del Impuesto al Valor Agregado (2015), detalla que se considerarán perfeccionados los hechos imponibles y, en consecuencia, nacerá la obligación tributaria por la venta de bienes muebles, entre otros aspectos, cuando se emita la factura correspondiente ( ex post ).

  • En todo caso, la factura refleja una transacción con ingresos por un valor distinto al que se refleja en contabilidad y no contendrá el ingreso por intereses puesto que esta categorización del ingreso en operaciones de financiamiento no existe para la Tributación.
  • Visualicemos esto con el siguiente ejemplo tomado de Castellanos (2016 ): La NIC 18 (Junta de Normas Internacionales de Contabilidad, 2015), en su párrafo 11, revelaba que al medir un ingreso cuyas entradas de efectivo o equivalentes se difieran en el tiempo y se esté en presencia de un acuerdo que constituya una transacción financiera, la medición del ingreso debe hacerse en atención al valor presente de todos los cobros futuros, incluida la tasa de interés implícita.

En otras palabras, si una entidad enajena un bien con la condición de que el comprador lo cancele a plazos y el acuerdo no incluye intereses, la entidad deberá reconocer además del ingreso por la venta, un ingreso por intereses derivado de una transacción de financiamiento que está tácita (interés implícito).

Seguidamente, se enuncia un caso de estudio que sustenta la afirmación anterior. «El 01 de noviembre de 2009, la droguería «Ecuador C.A.» vende y entrega productos y suministros médicos por un monto de Bs.4.500.000,00 (monto de la factura), otorgando a su cliente, para pagar la contraprestación, un plazo de seis meses sin intereses.

Esta transacción no es habitual en el ramo, pero por tratarse de un cliente que inicia operaciones se tomó la decisión de coadyuvarlo en la financiación de su capital de trabajo». La primera consideración para registrar contablemente la transacción está orientada a determinar la tasa de interés implícita en la operación.

  1. Al respecto, la entidad conoce que el cliente podría obtener financiamiento de otras fuentes a una tasa de interés mensual del 2%.
  2. En consecuencia, el valor presente de la contraprestación a recibir, monto por el que se reconocerá el ingreso proveniente de la venta de los medicamentos, es el siguiente: VA = 4.500.000 (1+0,02) -6 = 3.995.871,22 Bs.

A continuación se detallan los registros contables que surgen de la transacción de venta llevada a cabo por «Ecuador C.A.» ( Tabla 2 ) Tabla 2 Reconocimiento de una venta de bienes con pago diferido, Nótese que en el momento inicial, la NIC 18 (Junta de Normas Internacionales de Contabilidad, 2015), solo permite el reconocimiento del ingreso por la venta de las mercancías, difiriendo el reconocimiento del ingreso por intereses hasta que efectivamente se haya realizado.

Los cálculos efectuados para los asientos contables 2 y 3 corresponden a la actualización del valor presente de la transacción, Como se citó en el caso venezolano, la obligación tributaria por la venta de bienes muebles, entre otros aspectos, cuando se emita la factura correspondiente. En todo caso, la factura en este ejemplo refleja una transacción con ingresos de Bs.4.500.000,00.

Por esta razón, la declaración de IVA del mes de noviembre mostrará unas ventas exentas (de ser la única operación) de Bs.4.500.000,00 y no de Bs.3.995.871,22 afectando a la contabilidad como correlato directo de la tributación. De igual forma, el ingreso por intereses no podrá formar parte de una declaración de IVA del mes subsiguiente porque no tendrá asociado un soporte fiscal (factura).

  1. Sin embargo, lo destacable es que ni la Ley Orgánica del Poder Municipal ni la actual Ley del Impuesto al Valor agregado contemplan el tratamiento tributario de los intereses implícitos».
  2. La interacción casi diaria de la Contabilidad Financiera y la Tributación hace pensar que probablemente el discurso que permita a ambas disciplinas comunicarse debe ser compatible, de lo contrario, se dificultará el proceso efectivo de intercomunicación, es decir, ¿Cómo podrían comunicarse ambas disciplinas si los significados de los signos lingüísticos (o los propios signos lingüísticos) presentes en los discursos son diferentes? ¿Cómo se comunicarían ambas disciplinas si se soslayan los postulados fundantes de una o de otra? ¿Cómo se comunicarían estas disciplinas si sus discursos en ocasiones transitan por líneas paralelas? Sin entrar a responder estas interrogantes pareciera obvio asumir la existencia de un grado de compatibilidad necesaria entre el discurso tributario y contable que permita a ambas disciplinas el cumplimiento de sus fines.

En este sentido, Ferullo, Grechi & Vitta, (2006), destacan la importancia de una comunicación efectiva entre ambas disciplinas cuando, con base en la legislación colombiana, identifica los nichos de interacción de ambas disciplinas, destacando las zonas en donde la comunicación interdisciplinal puede ser fluida.

Es así como «en la aplicación de las normas legales y reglamentarias del impuesto a las ganancias y otros impuestos en Colombia, su vinculación con las normas y aplicaciones de los principios de la contabilidad, se puede apreciar la existencia de zonas de dependencia, de autonomía de ambas disciplinas y de conflicto, donde por falta de previsiones taxativamente establecidas en la norma tributaria, la materia contable puede tener algún grado de influencia en la interferencia».

(p.1) En este sentido, el lenguaje contable es producto de «construcciones sociales que dependen de la intencionalidad del sujeto emisor» ( Pacheco, 2014, p.65). Es decir, la intención que tenga el ente regulador de las Normas Internacionales de Información Financiera (Junta de Normas Internacionales de Contabilidad), producirá un lenguaje determinado y, el Poder Legislativo local, tendrá su intención propia produciendo también su propio lenguaje.

  1. Estos lenguajes son parte de un discurso específico diseñado para un contexto el cual generará acciones determinadas en la órbita de cada disciplina.
  2. No obstante, existe evidencia empírica que sugiera que probablemente los discursos tributarios y contables tienen un grado de incompatibilidad producto de la incompatibilidad semántica y de los signos lingüísticos utilizados en sus discursos, lo que traería consecuencias en el campo disciplinal.

Es posible que esta incompatibilidad se deba a los diferentes objetivos e intencionalidades comunicativas que tienen ambas disciplinas. Producto de su interacción, a primera vista podría pensarse que el cálculo de variables tales como los ingresos, los gastos y los beneficios debería ser el mismo a efectos tanto de la Contabilidad Financiera como de la Tributación.

  1. A pesar de su interacción constante (casi diaria), la Tributación tiene como finalidad contribuir al gasto del Estado y, la Contabilidad Financiera, tiene como fin ulterior proteger el interés público (Junta de Normas Internacionales de Contabilidad, 2016).
  2. Las diferencias teleológicas pueden hacer que la Tributación obvie o modifique conceptos como la depreciación a los fines de la determinación de las ganancias fiscales, en virtud de garantizar una efectiva y mayor recaudación de ingresos dado que el Estado «puede tener en cuenta intereses económicos públicos más amplios de que los que tiene la contabilidad» ( James, 2009, p.5).

Por ejemplo, en el Reino Unido, Francia, Noruega y Venezuela la norma tributaria prescribe los métodos de depreciación permitidos sin importar lo que contablemente se haya registrado. Los fines disciplinares pueden producir una diferencia semiótica entre Contabilidad Financiera y Tributación.

Existe evidencia empírica que sugeriría que ambas disciplinas denotan a un mismo hecho económico de manera diferente; utilizan un mismo signo lingüístico para representar hechos diferentes y existen hechos no reconocidos por una u otra disciplina que son de aplicación necesaria en el ejercicio de la profesión contable.

Esto hace suponer que puedan existir controversias en los discursos que afecten la comunicación entre ambas disciplinas. Tanto en la Contabilidad Financiera como en la Tributación, las realidades fiscales y contables se expresan mediante enunciados legaliformes denominados «cuentas», por lo tanto, es posible considerar que las cuentas son los signos básicos utilizados para representar los hechos económicos o las transacciones y, aunque no encarnan todas las aristas de la realidad económica, disminuyen las posibilidades de interpretación de la misma.

Así, una erogación de dinero puede ser reconocida en contabilidad con un signo lingüístico llamado costo, o gasto, o activo, o inversión, entre otros, sin embargo, para la Tributación, estos signos lingüísticos pueden tener otro significado distinto al que tiene para la Contabilidad Financiera. Un ejemplo emblemático se visualiza con la cuenta «arrendamiento».

Para la Contabilidad Financiera (Junta de Normas Internacionales de Contabilidad, 2015) esta cuenta representa un acuerdo por el que el arrendador cede al arrendatario, a cambio de percibir una suma única de dinero, o una serie de pagos o cuotas, el derecho a utilizar un activo durante un periodo de tiempo determinado; este acuerdo debe ser reconocido en contabilidad como un Activo.

  1. Sin embargo, para la Tributación, específicamente la Ley de Impuesto sobre la Renta venezolana (2014), este enunciado representa un gasto deducible de los ingresos obtenidos en un ejercicio fiscal.
  2. Los cánones o cuotas correspondientes al arrendamiento de bienes destinados a la producción de la renta no representan un activo para la Tributación en muchas leyes latinoamericanas sobre impuestos a las rentas (Colombia, Ecuador, Venezuela, México, entre otros).

Somos del criterio que sin la información que aporta la Contabilidad Financiera sobre las transacciones es poco probable determinar el quantum de las obligaciones tributarias en Venezuela (hay remisión expresa de la ley sobre el uso de los principios contables para efectos tributarios), dado que la Contabilidad Financiera reconoce, interpreta y representa dichas transacciones y, la Tributación, necesita de esa información para cuantificar la manifestación de riqueza obtenida por los administrados, lo que a la postre permitirá establecer algún tipo de gravamen.

Por su parte, sin los procedimientos tributarios, es imposible que la Contabilidad Financiera reconozca y represente las deudas tributarias en los estados financieros de las empresas, en virtud de la inexistencia de técnicas de valoración que representen una acreencia financiera con el Estado, a menos que la Tributación delegue en la Contabilidad Financiera esa actividad y la utilice como base para el cálculo impositivo.

En este sentido, luego de una revisión de las normas tributarias de algunos países latinoamericanos hecha por Bastidas (2016 ), específicamente de los Códigos Tributarios, es posible afirmar que existen conceptos contables que no son tomados en cuenta por las mismas.

Por ejemplo, en Ecuador, Argentina y Venezuela las leyes tributarias locales no contemplan conceptos como: el interés implícito, los valores netos de realización, el deterioro acumulado, las operaciones conjuntas, el valor presente, la transferencia de riesgos y ventajas, los pasivos y activos contingentes, la valoración de instrumentos financieros, el impuesto diferido, entre otros.

Del mismo modo, este autor señala que en Venezuela y Colombia la Tributación no contempla la diferencia entre «gasto de impuesto sobre la renta e impuesto sobre la renta pagar» ya que por ejemplo, en el Reglamento de la Ley de Impuesto sobre la Renta venezolana (2001), en su artículo 3, solo existe el concepto de impuesto a pagar.

Conclusiones La relación entre la Contabilidad Financiera y Tributación no es de larga data, pero, como se observó, es compleja y parece a estar destinada a transitar un camino interdisciplinario por varios años. Como vimos, la multidimensionalidad del tributo tiene consecuencias tanto en el campo investigativo como en la práctica disciplinal y su estudio no puede hacerse desde los confines de esa propia disciplina dado que se vería sumergida en una parálisis paradigmática tal como estuvo inmersa la Contabilidad.

Por otro lado, creemos firmemente en que existen sólidas razones para que los principios contables de cualquier país sean la base para el cálculo de la obligación tributaria en vista de que la Contabilidad Financiera es la disciplina que reconoce primariamente una determinada manifestación de riqueza en las cuentas de las entidades económicas.

  • Este hecho no puede ser soslayado.
  • El investigador coincide con Bastidas (2016 ), en el argumento de que las normas que regulan la forma de hacer contabilidad no pueden ser vistas como una herramienta exclusiva para recopilar, clasificar y presentar, para fines fiscales, la información financiera y económica de una empresa y su previo registro según técnicas contables y financieras.

Esta perspectiva es similar a las siguientes afirmaciones: «La raíz cuadrada de menos uno es igual a la democracia venezolana» (Bastidas, 2016) «el espacio de la guerra se ha convertido definitivamente en no ecludiano», (Baudrillard, 1998) o «el Estado como conjunto de todos los conjuntos es una ficción que no puede existir» (Kristeva).

Todos esos discursos carecen de validez argumentativa, por lo tanto, su base científica es perfectamente discutible. La contabilidad es de aplicación generalizada a los intercambios comerciales en el mundo. Estos dan origen a la teoría de la contabilidad y la nutren de los elementos cuantitativos y cualitativos que envuelven al mundo económico y, para el cual, la contabilidad tiene funciones específicas en términos de medición y presentación de los beneficios económicos obtenidos por las partes participantes del intercambio comercial, dentro del marco de los principios de la Economía y el Derecho.

Acá no se pretende debatir sobre la juridificación de la contabilidad en el derecho financiero, mercantil, penal o tributario, ni lo prohibido o lo permitido por el derecho respecto de la contabilidad o de cómo el derecho se apropia de la contabilidad, en este escrito solo se quiere resaltar lo consuetudinario del uso de los Principios Contables en Latinoamericana y de las aplicaciones de éstos a las relaciones económicas entre entidades lucrativas y, resaltar que, su utilidad va más allá de ser una herramienta de información para los que toman decisiones económicas sobre las entidades; la contabilidad es útil tanto para fines financieros como tributarios y, por supuesto, para fines legales.

No obstante, reconocemos que mas allá de las propuestas que hemos hecho y de las críticas esbozadas en el presente trabajo, aun no observamos un discurso interdisciplinario que permita tanto a la Contabilidad Financiera como la Tributación comunicarse de forma efectiva y cumplir con sus objetivos disciplinales.

Sin embargo, dada las constantes críticas al sistema de registro y presentación de la Contabilidad Financiera nos hacemos esta pregunta ¿Será necesario ese proceso de intercomunicación en el largo plazo o terminará la Tributación de soslayar a la Contabilidad Financiera para efectos de la determinación impositiva?

¿Cuál es el impacto de nuestro sistema tributario en la economía chilena?

1. Introduccin 2. Atributos a Considerar en el Diseo de la Poltica Tributaria 2.1 Suficiencia 2.2 Eficiencia.2.3 Equidad 2.4 Simplicidad 3. La Carga Tributaria 4. La Estructura Tributaria 4.1 Principales Problemas en el Impuesto a la Renta 4.2 Principales Problemas en el Impuesto al Valor Agregado 4.3 Otros Impuestos 5.

  1. La Evasin Tributaria 6.
  2. La Administracin Tributaria 6.1 Dficit de Recursos 6.2 Atribuciones y Efectividad de Sanciones 6.3 Tribunales Tributarios REFERENCIAS El actual sistema tributario chileno es el resultado de una serie de reformas profundas de la estructura y la administracin tributaria de los impuestos directos e indirectos, ocurridas en las dos ltimas dcadas.

Estas reformas se orientaron a corregir las ineficiencias que contena el anterior sistema, el cual distorsionaba las decisiones de los agentes econmicos y no permita generar los recursos suficientes para el financiamiento del Estado. El resultado de estas reformas es un sistema tributario que, al menos en trminos de comparacin internacional, satisface en una buena medida los objetivos econmicos y administrativos deseables de un sistema impositivo.

En efecto, la carga tributaria en Chile, ascendente a 17,8% del PIB, se encuentra en un rango medio a nivel internacional. Por su parte, la estructura tributaria exhibe una gran preponderancia de los impuestos al consumo y una menor participacin de los impuestos a la renta. En la recaudacin de los impuestos al consumo, predomina fuertemente el IVA, el cual tiene pocas exenciones y tasas especiales.

Respecto del impuesto a la renta, las utilidades de las empresas se hallan gravadas con una tasa relativamente pequea y pareja, y su tributacin adems est integrada con el impuesto personal, evitando la doble imposicin. No obstante lo anterior, el sistema tributario chileno est lejos del ptimo.

An persisten una serie de situaciones particulares que ocasionan ineficiencias; existe una marcada inequidad en el tratamiento tributario de las rentas del capital y del trabajo; y, por sobretodo, hay mucho por hacer en cuanto a la simplificacin de la estructura tributaria, particularmente en relacin con el Impuesto a la Renta, que es la mayor fuente de complejidad de nuestro sistema tributario.

Tambin resulta vital abordar el tema de la evasin, puesto que en la medida en que sta se reduzca, el fisco podr contar con mayores recursos financieros para hacer frente a las mltiples necesidades del pas. En este sentido, el presente documento tiene como propsito realizar un breve diagnstico del sistema tributario chileno, poniendo nfasis en aquellos aspectos que podran ser mejorados en una futura reforma tributaria.

  • En la seccin 2 se analizan los atributos que generalmente se consideran deseables para un sistema tributario.
  • En la seccin 3 se muestra la carga tributaria de Chile en comparacin con otros pases.
  • En la seccin 4 se analizan los distintos impuestos que conforman la estructura tributaria chilena, sealando las principales deficiencias que a nuestro juicio debieran ser abordadas en el futuro.

En la seccin 5 se discute el tema de la evasin tributaria, mostrando los niveles que esta alcanza y por qu es importante reducirla. Finalmente, en la seccin 6 se discuten los desafos de la administracin tributaria.2. Atributos a Considerar en el Diseo de la Poltica Tributaria La literatura en finanzas pblicas discute ampliamente las caractersticas o atributos de una buena estructura tributaria.

Diversos autores han propuesto variadas clasificaciones de atributos, no obstante que siempre es posible distinguir a lo menos los siguientes: Suficiencia, eficiencia, equidad y simplicidad.2.1 Suficiencia Este atributo se refiere a la capacidad del sistema tributario para proveer los recursos necesarios para financiar el gasto pblico.

Ciertamente, el dficit fiscal no es un tema relevante para Chile desde hace ya varios aos, producto de un manejo responsable de la economa. Sin embargo, las necesidades en materia de gasto social e inversin pblica siguen siendo muchas, por lo cual el sistema tributario debiera ser capaz de proveer estos recursos en el futuro.

La forma ms sencilla de elevar la recaudacin es subiendo las tasas impositivas, pero es bien sabido que ello genera mayores distorsiones en la economa, e incentiva la evasin y la elusin. Una manera ms eficiente de elevar los ingresos es reduciendo la evasin tributaria. En Chile la evasin es del orden del 24%, mientras que en los pases desarrollados se ubica en niveles de un dgito.

Una estrategia orientada a alcanzar niveles de evasin similares a los de pases desarrollados permitira contar con estos mayores recursos, e incluso, permitira moderar los niveles de algunas tasas impositivas.2.2 Eficiencia En general, los impuestos distorsionan las decisiones de los agentes econmicos, incentivando la sustitucin de bienes gravados por bienes no gravados, por ejemplo, trabajo por ocio.

  1. Las distorsiones causadas por los impuestos pueden ser significativas.
  2. Estudios desarrollados para los Estados Unidos estiman que cada dlar adicional recaudado con mayores impuestos generara prdidas de bienestar, por sustitucin de actividades, que fluctan entre 17 y 56 centavos de dlar.
  3. En consecuencia, los sistemas tributarios debieran promover y fortalecer impuestos eficientes, vale decir, impuestos que distorsionen lo menos posible las decisiones de los agentes econmicos, o bien, en aquellos casos donde existen externalidades negativas, impuestos que apunten a corregirlas.

Las reformas tributarias llevadas a cabo en Chile, en los aos setenta y ochenta, avanzaron de manera significativa en esta materia. En el mbito de los impuestos indirectos, se emigr desde el impuesto a las ventas de mltiples etapas -o impuesto en cascada- hacia el impuesto al valor agregado.

  • La razn es que el primero distorsiona los precios de los productos, encareciendo aquellos que en su elaboracin requieren de ms etapas productivas.
  • El IVA en cambio es un impuesto neutral, puesto que grava con la misma tasa efectiva a todos los bienes y servicios consumidos.
  • En el mbito de los impuestos a la renta, los cambios fundamentales en el sistema tributario chileno ocurrieron en la reforma de 1974, con la dictacin de una ley de impuestos a la renta integral de amplia cobertura que, en el caso del impuesto a las empresas, abarca casi todos los sectores de actividad con una tasa nica.

Con esto se persigue que la asignacin de recursos entre sectores est guiada por criterios de rentabilidad y no por razones tributarias. Tambin, en el ao 1984, se establece la integracin de los impuestos a las empresas con los impuestos personales de sus dueos, con objeto de evitar la doble tributacin sobre una misma renta.

¿Quién paga más impuestos en España?

Cuánto se paga de impuestos en España por comunidad: ¿en cuáles se tributa menos y en dónde más? España aplica diferentes y valores en cada comunidad autónoma. Cataluña es la región en donde se pagan más tributos, O, visto de otra manera, la autonomía que más dinero recauda por tributos y gravámenes.

Tras ella, completan el podio la Comunidad de Madrid y la Comunidad Valenciana. Ello responde al sistema de tributación establecido en España, que no solo blinda las competencias relativas a ello al Estado, si no que también otorga potestad, dividiéndolas, a las autonomías. Así, hay un régimen común a todas las comunidades autónomas, en el que el Gobierno central recauda el IRPF, el IVA y los Impuestos Especiales,

Posteriormente envía el 50% del IRPF y el IVA a cada comunidad y el 58% de los Impuestos Especiales. De este sistema solo se excluye al País Vasco y Navarra, que cuentan con sus propios impuestos forales. Algunas, incluso, cuentan con tributos exclusivos.

En España existen 76 impuestos propios gestionados por las comunidades, señala la Secretaría General de Financiación Autonómica y Local. Cataluña es la que más tiene, con quince tributos, seguido de Andalucía, que cuenta con seis. Pero también existe, paralelamente, el sistema que gestiona cada autonomía de forma autónoma y particular.

De esta manera, cada ejecutivo autonómico puede subir o bajar los rendimientos de los impuestos de Patrimonio, Sucesiones, Donaciones, Transmisiones patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. Ejemplo de ello es lo ocurrido en Andalucía, donde el Gobierno de Juanma Moreno decidió,

¿Qué es el proceso de recaudación?

Procedimiento tributario que tiene por objeto el ejercicio de las funciones administrativas conducentes al cobro de las deudas tributarias, bien en período voluntario, bien en período ejecutivo.

¿Cuáles son los elementos principales de los impuestos?

Los elementos más importantes del impuesto son: el sujeto, el objeto, la fuente, la base, la cuota y la tasa.

¿Cuál es la importancia de los impuestos en Colombia?

Resumen – Los impuestos en Colombia tienen como objetivo generar ingresos para el estado, sin los cuales el estado no tendría los recursos suficientes para poder suministrar los bienes y servicios básicos del país, así como mejorar la infraestructura básica nacional.

  1. Todo esto está establecido en la constitución política de 1991.
  2. El ente que fija los impuestos que tenemos que pagar es el Congreso de la República.
  3. Los recursos de los impuestos se utilizan para pagar los gastos del país, de los cuales podemos encontrar gastos en salud, educación y seguridad, en el área de bienes y servicios, encontramos alcantarillado, electricidad y vías.

Todos estos son recaudados por la DIAN e invertidos en el país.

¿Cuánto se puede ganar en España sin pagar impuestos?

¿Cuánto puedo vender sin tener que declarar? – El límite para vender sin declarar es de 1.000 euros anuales, Siempre que tengas rendimientos de actividades económicas que superen los 1.000 euros al año, tendrás la obligación de declarar estas rentas Ten en cuenta que la ley habla de rendimientos, Por lo tanto, a los ingresos que obtengas debes restarle los gastos soportados, pero ten cuidado de cuáles son los gastos que puedes incluir. Lo vemos mejor con un ejemplo: Manuel está ofreciendo sus servicios de traducción online. Con esta actividad ha facturado 2.350 euros, y ha soportado los siguientes gastos:

480 euros por un programa informativo para dar las clases (12 cuotas de 40 euros). 240 euros por un ordenador que está pagando a plazos (12 mensualidades de 20 euros).

Los rendimientos de Manuel en 2021 han sido de 1.630 euros, Al superar los 1.000 euros anuales, tendrá que declarar sus ganancias de este año. ¡Que no cunda el pánico! Declarar tus ingresos no significa que tengas que pagar por ellos Al superar los 1.000 euros anuales, irás pagando en las declaraciones trimestrales el 20% de tus rendimientos, en el caso de los epígrafes empresariales. Por el contrario, los profesionales deben retener el 15% en las facturas emitidas a otros profesionales.

¿Quién paga menos impuestos en España?

IRPF: madrileños y canarios, los que menos pagan – Dentro de los impuestos que se reparten tanto el Gobierno como las comunidades, las mayores diferencias se dan en el IRPF. En este tributo, donde hay un tramo autonómico que se suma al estatal, las comunidades con tipos mínimos más bajos son Madrid, Canarias y La Rioja -un 9 %, que se queda en un 18,5 % agregado- mientras que el más alto se da en Cataluña -un 12 %, el 21,5 % agregado-.

Así, un madrileño con un sueldo de 16.000 euros destinará 841,05 euros a los compromisos fiscales, frente a las tres diputaciones vascas, que tienen la mayor presión fiscal en este tramo con 1.120 euros de cuota. A partir de los 20.000 euros hasta los 110.000, País Vasco pasa a ser la región con menor IRPF, siendo Cataluña donde más se paga en los tramos de 20.000 y 30.000 euros.

Por lo que respecta a los tipos máximos, Madrid tiene el más bajo -21 %, un 43,5 % agregado- y La Comunidad Valenciana el más alto -un 29,5 %, el 54 % agregado-. Precisamente, la Generalitat Valenciana ha anunciado para este 2022 una rebaja el IRPF para las rentas de menos de 60.000 euros y una subida un 10 % las deducciones.

Castilla-La Mancha se une también a la medida y rebajará el IRPF a las rentas inferiores a 30.000 euros, En la misma línea, gobiernos autonómicos como el de la Comunidad de Madrid, Andalucía, Murcia y Galicia han anunciado recientemente que deflactarán algunos tramos del IRPF con el fin de reducir el impacto de la inflación entre las familias.

En general, se trataría de un porcentaje del 4,1 %, equivalente a la subida salarial media según la estadística de costes laborales del INE, correspondiente al segundo trimestre de 2022. Esto significa que a aquellos contribuyentes a los que se les ha subido el sueldo por el aumento de precios, se les descontará este porcentaje y se quedarán así en el mismo tramo en la declaración de la renta (pagando los mismos impuestos que el año anterior).

¿Qué tan altos son los impuestos en España?

La clase media padece un purgatorio fiscal y los teóricos ricos soportan gravámenes muy elevados. El Gobierno presume de «bajada», cuando en realidad es una subida, excepto para unos pocos que verán reducida en unas migajas –no más de un euro al día– los impuestos que pagan – España fue el país que más subió los impuestos el año 2020, en plena pandemia de la Covid-19, hasta 2 puntos porcentuales.

Así lo afirma el informe de la Comisión Europea (CE) «Taxation trends in the European Union, Edition 2022», en su página 18. Lituania y Portugal fueron los siguientes países que más subieron ese año los impuestos, mientras que Irlanda y Luxemburgo encabezan los que los bajaron, entre los que también figuran Alemania, Francia y Suecia.

Ahora, el Gobierno de Pedro Sánchez, en una reforma improvisada presentada por la volcánica María Jesús Montero, ministra de Hacienda, presume de una bajada de impuestos, cuando en realidad se trata de una subida, excepto para unos pocos que verán reducida en unas migajas –no más de un euro al día– los impuestos que pagan.

  • El documento de la CE incluye datos que destrozan algunos de los mitos sobre la fiscalidad española y su benignidad.
  • Es cierto que la presión fiscal en España, un 38,5% sobre el PIB en 2021, es algo menos que la media de la Unión Europea, del 40,7%.
  • No obstante, el aumento de 2 puntos en 2020 sube hasta 3,7 si se contabiliza 2021 y sigue a la cabeza de Europa.

Por el contrario, España aplica los tipos impositivos más altos del mundo a las sucesiones y donaciones, al patrimonio y ahora con el nuevo tributo contra las grandes fortunas inventado por el Gobierno y llamado «de solidaridad», Recibir una herencia en algunas partes de España puede llegar a costar hasta el 81,6% de lo heredado si no se es familiar directo.

En el mismo caso, en Suecia, se pagaría «cero», sí, «cero» impuestos. Extremadura, la comunidad autónoma que preside el socialista Guillermo Fernández Vara, ha sido y es el peor lugar para tener algo de patrimonio, Está gravado con hasta un 3,75%, superior incluso al 3,5% que la ministra Montero ha anunciado para las «fortunas» superiores a los 10 millones de euros.

Las comparaciones son tan odiosas como necesarias. Elisabeth Warren, senadora americana, compitió por la izquierda con Bernie Sanders, por la nominación a la candidatura a la presidencia de los Estados Unidos en las primarias de 2020. Proponía resucitar en el país americano el impuesto de patrimonio y gravar con un ¡2%! a los patrimonios superiores a los 50 millones de euros y con el 3% a los que estuvieran por encima de los ¡1.000! millones de dólares. De Que Manera El Pago De Impuestos Contribuye Al Desarrollo Economico Del Pais Impuestos en Europa Miguel Roselló El impuesto sobre el Patrimonio –ver tabla en el gráfico– no existe en prácticamente ningún lugar, Hay excepciones como Suiza o Noruega, con tipos muy inferiores a los españoles, pero a cambio tampoco se suele tributar –o con tipos ínfimos– por las plusvalías, sobre todo de capital.

Es obvio que en España la riqueza todavía está mal vista y como escribía la semana pasada Joaquín Leguina, expresidente socialista de la Comunidad de Madrid, todo indica que la izquierda española está más preocupada en que no haya ricos en lugar de procurar que no haya pobres. Es lo que dijo el histórico socialista Olof Palme cuando le apuntaron en Portugal tras la revolución de los claveles que querían acabar con los ricos.

«Nosotros queremos terminar con los pobres», respondió el mandatario sueco. El informe de la Unión Europea y otro muy similar de la OCDE permiten establecer otras comparaciones que suelen pasar inadvertidas. Por ejemplo, España es el cuarto país de los 27 de la Unión Europea que más grava la riqueza en cualquier forma, solo por detrás –pero muy poco– de Bélgica, Grecia y Francia.

También es el quinto que más castiga las ganancias de capital y el sexto en el caso de la propiedad inmobiliaria. Las familias españolas, por otra parte, son las que soportan la octava mayor carga impositiva de la Unión Europea y los autónomos la novena. El fisco español es particularmente duro y exigente con el trabajo y con las familias.

Entre 2019 y 2020, el año de la pandemia, los impuestos al trabajo –en conjunto– se redujeron en 16 de los 27 países de la Unión Europea. Una vez más, España estuvo en el lado opuesto y fue el país que más subió (2,1 puntos) las cargas impositivas al trabajo.

  1. Solo Chipre (1,6 puntos) y Luxemburgo (1,3) siguieron por el mismo camino, mientras que el resto que países que no las bajaron las mantuvieron estables.
  2. Todo eso conforma un escenario que se asemejaría a una especie de «purgatorio fiscal» para esas «clases medias trabajadoras» de las que ahora habla de forma repetitiva el presidente del Gobierno.

Desde luego es un «purgatorio» para las «clases medias» que pagan impuestos, aunque los planes de la ministra Montero parecen indicar que en la Moncloa quizá piensan –a juzgar por sus medidas– que la clase media solo incluye a quienes ingresan no más de 21.000 euros brutos anuales,

El viernes, sin ir más lejos, la ministra Montero no supo o no quiso explicar, entrevistada por Alsina en Onda Cero, qué ingresos hay que tener para formar parte de esa «clase media trabajadora». Los datos constatan otras peculiaridades fiscales españolas o, mejor dicho, derriban más mitos. La Seguridad Social recauda el 37% de los ingresos fiscales del Estado,

La mayor parte corresponden a las cuotas empresariales, que no son las más altas de la Unión Europea, pero sí las que figuran en quinta posición. Al mismo tiempo, la aportación de los trabajadores es mucho menor y –aunque muy desconocido y quizá impopular– aparece en el puesto 22 de los 27 países de la UE.

  • España también aplica uno de los IVA, en líneas generales, menores de la UE y también está a la cola en gravámenes medioambientales y sobre la energía.
  • En el caso del IVA, la recaudación ocupa en porcentaje el puesto 23 de 27, mientras que la medioambiental figura en el puesto 24 y la de la energía en el 22.

Como apuntan desde hace años el Banco de España y la mayoría de expertos independientes, la famosa «menor presión» fiscal española se debe sobre todo a una menor importancia de los impuestos indirectos –el lugar 22 sobre 27–, lo que hace que las principales cargas tributarias recaigan sobre el trabajo y las familias y sobre la propiedad y el capital.

España no es ningún oasis impositivo. La presión fiscal española está solo un poco por debajo de la media de la Unión Europea y en 2022 es posible que la supere y, en cualquier caso, ocupa el puesto 13 de 27 en la UE. En total, las Administraciones Públicas ingresaron en 2020 en concepto de impuestos de todo tipo la cantidad fabulosa de 413.219 millones de euros, cifra solo superada por Alemania, Francia e Italia, algo que se explica por el tamaño de sus economías.

Gastar 200.000 millones más de lo que ingresa El problema es que España también gastó 120.000 millones más de los que ingresó, un desfase que en 2021 descendió a 80.000 millones, Este año volverá a bajar porque, gracias a la inflación y a que el Gobierno se niega a deflactar –actualizar– las tarifas, los ingresos impositivos serán mayores y todavía más cuando se aplique la reforma de la ministra Montero, que no solo no baja impuestos, sino que los sube.

¿Cuál es la clasificación de las contribuciones?

– Las contribuciones se clasifican en impuestos, aportaciones de seguridad social, contribuciones de mejoras y derechos, las que se definen de la siguiente manera: I.