Conocer el impuesto vehicular por placa en Virtual SAT – Si el auto está registrado en Lima Metropolitana, la forma más fácil y rápida de consultar cuánto se adeuda del impuesto vehicular es a través de la plataforma virtual del Servicio de Administración Financiera (SAT), donde podrás consultar gratuitamente y también pagar esta obligación tributaria. Todo lo que necesitas hacer es seguir estos sencillos pasos:
- Ingresa a la plataforma de consultas en línea del SAT,
- Anota el número de placa en el espacio que indica Impuesto Vehicular.
- Haz clic en el botón de búsqueda.
- Visualiza toda la información sobre los impuestos vehiculares pendientes del vehículo de segunda que quieres comprar.
Además, en la misma plataforma podrás hacer el pago en línea de lo que se adeuda, lo que te permitirá ponerte al día rápidamente si decidiste comprar un auto de manera informal, evitando así las sanciones que se imponen en esos casos.
¿Cómo saber cuánto tengo que pagar de impuesto vehicular?
Uno de los aspectos que se debe tener en cuenta al momento de adquirir un vehículo, es saber si este debe algún impuesto, e inclusive, si ha olvidado por algún caso que su vehículo tiene deudas pendientes con el Estado, lo mejor siempre es estar seguro.
Con el número de la placa de un vehículo es posible revisar en línea diferentes datos clave de un automotor, entre estos, cuál es el monto a pagar por concepto de impuesto vehicular por este año y años anteriores, y además su se encuentra al día o tiene una vigencia pendiente. (Puede interesarle: Impuesto vehicular: así puede pagar si está en mora ) Para consultar el estado de su impuesto vehicular, puede ingresar mediante la página de la entidad de Hacienda en la que se encuentra registrado su vehículo.
Por ejemplo, en el caso de los vehículos registrados en Bogotá, puede consultar el estado de su impuesto vehicular en la Secretaría de Hacienda haciendo clic aquí. A nivel nacional, y una de las maneras más usadas de consultar, es a través de la página del Runt, a la que puede acceder haciendo clic aquí,
No obstante, en este sitio le exigen, además de la placa del carro o moto, el nombre y número de identificación del propietario. (Lea también: Lamborghini Aventador: más imágenes del sucesor fueron filtradas ) El impuesto vehicular es una de las obligaciones que todo propietario de un automóvil tiene que cumplir, y se paga una vez al año.
A través de Hacienda se gestionan los impuestos vehiculares en todo el país, y los recursos recaudados se reparten entre los organismos a los que se destinan estos aportes: un 20% se destina al municipio donde se encuentra registrado el automotor, y 80% para el departamento.
¿Cómo se calcula el impuesto vehicular 2023?
Impuestos nacionales – Para 2023, se mantienen los cuatro impuestos nacionales, los cuales son: el impuesto al valor agregado (IVA), impuesto de renta, impuesto de timbre y contribuciones especiales. Estos son emitidos por el Congreso de la República y sancionados por el presidente.
Acorde a la reforma tributaria, los alimentos básicos de primera necesidad no serán gravados con el IVA. Sin embargo, habrán otros productos y servicios (como los tiquetes aéreos) que contarán con el 19 % del IVA. En el caso del impuesto a la renta, está contemplado que para el próximo año lo deberán presentar las personas naturales que hayan obtenido ingresos brutos iguales o superiores a 59.377.000 pesos o que representen un patrimonio bruto superior a 190.854.000 pesos.
Por último, los impuestos de timbre son aquellas contribuciones con las que la Dian grava bienes y servicios suministrados al Estado por medio de sus respectivas entidades. En 2023 y con base a la reforma tributaria, la tarifa será del 1,5 % sobre el valor que exceda los 20.000 UVT y del 3 % para los valores que superen los 50.000 UVT.
¿Cómo saber si debo impuesto vehicular de años anteriores?
Si eres poseedor de predios o vehículos con obligaciones en mora de años anteriores y necesitas pagar, debes solicitar los recibos oficiales de pago (ROP) en un punto de atención presencial, los cuales se expedirán a nombre de quien figura como obligado del predio o vehículo.
¿Dónde se paga impuesto vehicular?
¿Dónde pagar el impuesto vehicular presencialmente? Puedes pagar en cualquier agencia de SAT o en algún banco que mencionamos a continuación. ¿Dónde pagar el impuesto vehicular por Internet? Para pagar el impuesto tienes dos opciones: uno llamando al teléfono 01 3152400 de SAT y dos entrando a este enlace.
¿Cuál es la base imponible del impuesto vehicular?
Impuesto al Patrimonio Vehicular 2022 – Base Legal
Capitulo III del Titulo II del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, modificado por el Decreto Legislativo N° 1520. | ||
Decreto Supremo Nº 22-94-EF, Reglamento del Impuesto al Patrimonio Vehicular | ||
Resolución Ministerial Nº 003-2022-EF/15, Aprobación de la Tabla de Valores Referenciales de Vehículos para efectos de determinar la base imponible del Impuesto al Patrimonio Vehicular correspondiente al ejercicio 2022, (publicada el 11 de enero de 2022) | ||
Tabla de Valores Referenciales para el año 2022 (R.M. N° 003-2022-EF/15) | ||
Ámbito de aplicación El Impuesto al Patrimonio Vehicular grava la propiedad de los vehículos automóviles, camionetas, station wagons, camiones, buses, ómnibuses y remolcadores o tracto camiones, con una antigüedad no mayor de 3 años, contados a partir de su primera inscripción en el Registro de Propiedad Vehicular. Sujetos afectos:
Personas naturales o jurídicas propietarias de los vehículos gravados, al 1 de enero del año. Cuando se efectúe cualquier transferencia, el adquirente asumirá la condición de contribuyente a partir del 1 de enero del año siguiente de producido el hecho.
Base Imponible: El valor original de adquisición, importación o de ingreso al patrimonio, según conste en el comprobante de pago, incluido los impuestos, el que en ningún caso será menor a la tabla referencial que anualmente apruebe el Ministerio de Economía y Finanzas.
Al contado, hasta el último día hábil del mes de febrero. En forma fraccionada, hasta en 4 cuotas trimestrales (al último día hábil de febrero, mayo, agosto y noviembre).
La Administración Municipal Provincial puede modificar la fecha de pago. Inafectaciones: a) Gobierno Central, Regiones y Municipalidades. b) Gobiernos extranjeros y organismos internacionales. c) Entidades religiosas. d) Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú.
e) Universidades y centros educativos. f) Vehículos de propiedad de personas jurídicas que no formen parte de su activo fijo; excepto cuando estos hayan sido transferidos con reserva de propiedad. Tabla de Valores Referenciales Los medios de información utilizados para la elaboración de dicha tabla corresponden a la difundida, en forma directa o a través de revistas especializadas, por los representantes de la marca de vehículos automotores comercializados en el país y a la proporcionada por el Servicio de Administración Tributaria de la Municipalidad Metropolitana de Lima.
Para efecto de cubrir la existencia de marcas y modelos no identificados en dicha información, se ha determinado un valor promedio según categoría vehicular. Se ha considerado una depreciación anual del 10%. regresar
¿Cómo consultar el pago de impuestos de vehículos en Medellín?
Ingresa al portal https://vehiculosantioquia.com/impuestosWeb/index.jsp. Haz clic en ‘Inicio’. Ingresa los datos que te solicita la plataforma: placa del vehículo y tipo y número de documento del propietario. Haz clic en ‘Enviar información’.
¿Cómo sacar el impuesto de vehículo Bogotá?
OPCIONES PARA REALIZAR EL PAGO DEL IMPUESTO – Los contribuyentes pueden realizar sus pagos a través de la Oficina Virtual de la Secretaría de Hacienda, de manera presencial en entidades financieras autorizadas o por medios electrónicos (portales bancarios, cajeros electrónicos y corresponsales financieros).1.
- De manera presencial en entidades financieras Este pago se reflejará en el estado de cuenta del contribuyente alrededor de dos días hábiles después del recaudo.
- El pago de estos impuestos puede realizarse de forma presencial, sin que sea necesario que quien realice el pago tenga cuenta (ahorros/corriente).
Es preciso señalar que el contribuyente debe realizar la impresión del documento tributario (factura, declaración o recibo de pago) a pagar en la entidad bancaria, y deberá hacerlo en una impresora láser con el fin de facilitar la lectura del código de barras.
ENTIDADES BANCARIAS | |
Bancolombia |
BBVA Colombia |
Banco de Bogotá |
Banco GNB Sudameris |
Banco Popular |
Banco Davivienda |
Banco de Occidente |
Banco AV Villas |
Banco Citibank (solo clientes corporativos) |
Consulte el listado de sucursales autorizadas dentro y fuera de Bogotá para el recaudo de impuestos distritales 2. Por medios electrónicos (portales bancarios, corresponsales bancarios, cajeros electrónicos, audio línea)
Portales Bancarios : Los contribuyentes que son clientes de las entidades relacionadas a continuación pueden hacer el pago a través de los siguientes canales electrónicos bancarios:
Entidad | Cajeros | Teléfonos | Internet |
Banco de Occidente | ATH | (601)3902058 | www.bancodeoccidente.com.co |
Banco GNB Sudameris | RED Cajeros Servibanca | – | www.gnbsudameris.com.co |
Banco BBVA | – | – | www.bbva.com.co – APP BBVA |
Banco Popular | ATH | (601)7434646 – 018000184646 | www.bancopopular.com.co |
Banco Davivienda | – | – | www.davivienda.com |
Banco AV Villas | ATH | (601)4441777 | www.avvillas.com.co |
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Corresponsales bancarios
3. Botón de pago Ingresando a la Oficina virtual y luego de seleccionar el impuesto, los contribuyentes pueden dar click sobre la opción «PAGAR» y proceder a seleccionar el medio de pago:
Débito cuenta corriente / Débito cuenta de ahorros
ENTIDADES BANCARIAS | ||
Bancolombia | BBVA | Banco de Bogotá |
Banco GNB Sudameris | Banco Popular | Banco Davivienda |
Banco de Occidente | Banco AV Villas | Banco Citibank (solo clientes corporativos) |
Itaú | Banco Cooperativo Coopcentral | Scotiabank Colpatria |
Banco Caja Social – BCSC | Bancamia | Banco Agrario |
Credifinanciera | Banco Pichincha | Bancoomeva |
Banco Falabella | Banco Serfinanza | Banco Santander De Negocios |
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Si se selecciona la opción » Otros medios de pago-crédito «, el pago de los impuestos se puede realizar únicamente a través de las nueve entidades bancarias con las cuales la Secretaría Distrital de Hacienda tiene convenio para el recaudo por medio de este mecanismo. Estas son:
Banco | Visa | Mastercard | American Express | Diners |
Banco de Bogotá | X | X | ||
Banco Popular | X | |||
Bancolombia | X | X | X | |
Banco Citibank (Solo Clientes Corporativos) | X | |||
Banco GNB Sudameris | X | X | ||
Banco BBVA | X | X | ||
Banco Occidente | X | X | ||
Banco Davivienda | X | X | X | |
Banco AV Villas | X |
Tanto para débito de cuenta de ahorros y/o corriente y otros medios de pago-crédito, los pagos se reflejan de forma inmediata en el estado de cuenta de la Oficina Virtual del contribuyente. Las fechas de pago oportuno de las obligaciones tributarias en Bogotá pueden consultarse en el calendario tributario vigente.
- Si es propietario: documento de identificación.
- Si es representante legal: certificado de existencia y representación legal vigente expedido por la Cámara de Comercio.
- Si es apoderado(a): presentar el respectivo poder y fotocopia de la tarjeta profesional de abogado(a) y fotocopia de la cédula de ciudadanía.
- Si es autorizado(a): autorización del contribuyente y fotocopia del documento de identificación de quien autoriza y del autorizado; así mismo, si es autorizado(a) por una empresa, debe presentar certificado de existencia y representación legal vigente expedido por la Cámara de Comercio.
Para herederos, de no existir proceso de sucesión, se debe demostrar el parentesco mediante los siguientes documentos: Registro civil de defunción, Registro Civil de nacimiento o escrito bajo gravedad de juramento en donde se manifieste vínculo. NOTIFICACIONES COBRO La Oficina de Gestión del Servicio y Notificaciones de la Dirección de Cobro informa que, para trámites de citaciones de cobro, puede acercase a la Secretaria Distrital de Hacienda ubicada en la Carrera 30 N° 25 – 90, Piso 1, módulos contiguos al área de radicación de la Secretaría Distrital de Hacienda, en el horario de lunes a viernes de 7:00 am a 4:00 pm (jornada continua) Para notificarse, debe acreditar los siguientes requisitos:
- Si es propietario: documento de identificación.
- Si es representante legal: Certificado de existencia y representación legal vigente expedido por la Cámara de Comercio. No más de 30 días.
- Si es apoderado (a): presentar el respectivo poder y fotocopia de la tarjeta profesional de abogado(a) y fotocopia de la cédula de ciudadanía.
- Si es autorizado (a): autorización del contribuyente y fotocopia del documento de identificación de quien autoriza y del autorizado; así mismo, si es autorizado(a) por una empresa, debe presentar certificado de existencia y representación legal vigente expedido por la Cámara de Comercio. (No más de 30 días).
- Para herederos, de no existir proceso de Sucesión, se debe demostrar el parentesco mediante los siguientes documentos: Registro civil de defunción, registro civil de nacimiento o escrito bajo gravedad de juramento en donde se manifieste vínculo.